
Human Rights Watch (HRW) acusó este lunes al régimen cubano de aprovechar las normas destinadas a prevenir el contagio del coronavirus para intensificar la represión a los disidentes, y aseguró que ha documentado 34 casos de abusos en ese sentido.
En un comunicado, el organismo de derechos humanos aseguró que, con el “pretexto de hacer cumplir las reglamentaciones” sobre la pandemia, las autoridades cubanas “han realizado detenciones arbitrarias”, abierto “procesos penales abusivos” y mantenido detenidas a personas “en celdas insalubres que favorecen la propagación” de la enfermedad causada por el coronavirus.
“Las autoridades cubanas se han aprovechado de las normas contra el covid-19 para ampliar la larga lista de herramientas represivas que utilizan en contra de sus críticos. Esto forma parte de un patrón más amplio en el cual el Gobierno utiliza de forma descarada cualquier excusa para reprimir el disenso sistemáticamente”, señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de HRW.
La organización citó en concreto lo sucedido el pasado 26 de noviembre en La Habana, donde la policía desalojó por la fuerza a un grupo de creadores pertenecientes al Movimiento San Isidro, tras alegar que uno de ellos había incumplido el protocolo anticovid-19.
Esos artistas llevaban más de una semana recluidos voluntariamente en una vivienda -cinco de ellos en huelga de hambre- para exigir la libertad del rapero aficionado Denis Solís, condenado por “desacato” y quien además es acusado por las autoridades castristas -como ocurre con otros disidentes- de actuar omo consecuencia de pagos de Estados Unidos.

HRW dijo que entre los 20 casos documentados de detenidos a ninguno se le permitió hacer una llamada telefónica, algunos fueron objeto de “violentas golpizas” y varios no tuvieron acceso a un abogado. Entre los casos de personas multadas, la mayoría negó haber incumplido las reglas, y algunos incluso dijeron no haber sido informados de qué se les acusaba.
El desalojo de los integrantes del Movimiento San Isidro suscitó al día siguiente una protesta pacífica de más de 300 artistas e intelectuales cubanos frente al Ministerio de Cultura, algo inédito en Cuba, donde no existe de facto el derecho a la manifestación al margen del Estado.
Además de ese caso, Human Rights Watch afirmó que, entre julio y noviembre de este año, entrevistó por teléfono a 35 personas en Cuba y, por esa y otras vías, consiguió documentar “abusos contra 34 víctimas, en cuyos casos las autoridades invocaron normas relativas a la pandemia para actuar en contra de críticos del Gobierno y otras personas”.
“Treinta de las víctimas fueron detenidas, acosadas, multadas o amenazadas con la posibilidad de ser procesadas penalmente por supuestamente violar normas relacionadas con la covid-19; entre ellas, nueve fueron acusadas de no usar la mascarilla (que en Cuba se llama ‘nasobuco’) correctamente”, indica el comunicado.
Otras dos personas “fueron amenazadas con ser perseguidas penalmente por ‘propagación de epidemias’ debido a que difundieron información sobre casos de covid-19 en la isla”, mientras que dos más recibieron multas o reprimendas no relacionadas con “faltas específicas establecidas en la legislación cubana”, agrega.

HRW recordó que, en Cuba, el delito de “propagación de epidemias” “está penado con multas y hasta nueve meses de prisión”; y que, además, el régimen castrista ha aprobado legislación específica sobre esta pandemia, que hace cumplir con multas y en último extremo, con “hasta seis meses de cárcel” si éstas no se pagan.
“Con arreglo al derecho internacional, ciertos derechos básicos no pueden ser restringidos ni siquiera en períodos de emergencia. Estos incluyen la prohibición de los malos tratos, los principios fundamentales del acceso a un juicio justo y a no sufrir detención arbitraria, el derecho a la revisión judicial de las detenciones y la libertad de pensamiento”, subrayó HRW.
Las restricciones de las libertades de expresión y asociación por una emergencia de salud pública, siguió la organización, “sólo están justificadas cuando tienen un fundamento legal, son estrictamente necesarias y proporcionadas”, no son arbitrarias y tienen una duración limitada, entre otros criterios.
Con información de EFE
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