
Una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia permite a trabajadores desempeñarse bajo los efectos del alcohol o las drogas siempre y cuando no se vea afectada su productividad o conducta laboral.
Según publica El País, el tribunal ha declarado inconstitucional una parte de un artículo del Código de Trabajo que prohíbe "presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes".
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A su vez, la corte reinterpretó a la adicción como una enfermedad laboral cuando "el consumo de alcohol, narcóticos o cualquier otra droga enervante afecte de manera directa el desempeño laboral del trabajador".
La ley, que comenzó a gestarse el año pasado en la facultad de Derecho de la Universidad Uniciencia de Bucaramanga, fue una iniciativa de dos estudiantes que apelaron a dos artículos de la Constitución para argumentar su posición.
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El primer artículo consagra la igualdad de todas las personas ante la ley y llama a la protección del Estado de "aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta". El segundo artículo establece la igualdad de oportunidades para todos los trabajadores.

La ley no rige para todo tipo de trabajo, con excepciones explícitas para "actividades que involucran riesgos para el trabajador, para sus compañeros de trabajo o para terceros," como sería el caso de un conductor, personal aeronáutico, u operadores de maquinaria pesada.
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No obstante, el empleador puede exigir la sobriedad a sus trabajadores de cualquier ámbito: "respecto de actividades que impliquen un menor riesgo también puede exigirse el cumplimiento de la prohibición establecida en la norma demandada, en la medida en que es interés legítimo del empleador que los trabajadores presten de manera adecuada las labores contratadas".
Pero no podrá castigarlos sin evidencia de que no hayan cumplido con sus responsabilidades: "Con todo, respecto de estos casos, no se podrán tomar medidas disciplinarias si no se demuestra por parte del empleador la incidencia negativa que el consumo de sustancias psicoactivas tiene sobre el cumplimiento de las obligaciones de los trabajadores", concluye el fallo.
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La sentencia intenta sancionar a los trabajadores no por el solo hecho de estar bajo los efectos de una sustancia o por su estado anímico sino por una negligencia en su conducta o por lo que realmente hacen.
Algunos expertos temen que la legislación tenga consecuencias perjudiciales para la sociedad o que siente un precedente negativo para los empleados y trabajadores del país.
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