Congreso de Guatemala enviaría esta semana al gobierno central la Ley Antilavado

La norma, identificada como Decreto 15-2026, iniciará su aplicación tres meses después de su publicación oficial y fijará el control diario de operaciones en efectivo desde 10 mil dólares o su equivalente

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El Congreso alista el traslado del Decreto 15-2026 tras la revisión de la Comisión de Estilo. La norma suma sectores y fija reportes periódicos ante la Superintendencia de Bancos (Foto cortesía Congreso de Guatemala)
El Congreso alista el traslado del Decreto 15-2026 tras la revisión de la Comisión de Estilo. La norma suma sectores y fija reportes periódicos ante la Superintendencia de Bancos (Foto cortesía Congreso de Guatemala)

Guatemala remitirá este viernes al Organismo Ejecutivo la ley integral contra el lavado de dinero, informó el presidente del Congreso Luis Contreras, según informó el medio local Soy 502. El decreto entrará en vigencia tres meses después de su publicación oficial y obliga a registrar transacciones en efectivo desde USD 10 mil o su equivalente en quetzales.

La norma aprobada por el Congreso obliga a registrar cada día toda transacción en efectivo igual o superior a USD 10 mil o su equivalente en quetzales, de acuerdo con el artículo 31 citado por el Congreso de Guatemala. Esas operaciones deberán informarse de forma periódica a la Superintendencia de Bancos por medio de la Intendencia de Verificación Especial, según la información oficial.

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Contreras dijo a Soy 502: “Estamos en tiempo”. También señaló a Soy 502 que el documento ya fue trasladado a los diputados y que se espera concluir el procedimiento de envío durante esta semana.

¿Cómo fue aprobada y qué trámite sigue?

Una mano sostiene billetes de 100 quetzales y uno muestra el texto 'Ley contra el Lavado de Dinero', con la bandera de Guatemala en el fondo.
Una mano sostiene billetes de 100 quetzales con la inscripción 'Ley contra el Lavado de Dinero' sobre la bandera de Guatemala, simbolizando el esfuerzo del país en la lucha financiera. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Ley Integral contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y el Financiamiento del Terrorismo fue aprobada el pasado 2 de junio en una sesión extraordinaria con 148 diputados, por encima de los 107 votos requeridos, y quedó identificada como Decreto 15-2026, según Soy 502.

El texto se encuentra ahora en la fase de revisión de la Comisión de Estilo antes de ser enviado a Presidencia y a la Secretaría General de la Presidencia para completar el trámite previo a su publicación en el Diario de Centro América, según Soy 502.

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¿Qué cambia con la nueva legislación?

La nueva legislación busca fortalecer los mecanismos de prevención, detección, investigación y sanción del lavado de dinero y del financiamiento del terrorismo, en línea con los estándares internacionales impulsados por el Grupo de Acción Financiera Internacional, según Soy 502. El Congreso de Guatemala sostuvo que la norma unifica el régimen administrativo preventivo y represivo aplicado a estos delitos, incluidos los vinculados con la economía criminal nacional y transnacional.

La ley también amplía las obligaciones de control y reporte para las llamadas Personas Obligadas, entre ellas bancos, aseguradoras, cooperativas, casas de empeño, inmobiliarias, comercializadoras de vehículos, notarios y otros sectores económicos, según el Congreso de Guatemala. De acuerdo con la información oficial, ese nuevo marco legal actualiza la legislación guatemalteca conforme a estándares internacionales y refuerza la prevención de operaciones ligadas al lavado de activos y al financiamiento del terrorismo.

Primer plano de manos de una persona contando una pila de billetes de Quetzal guatemaltecos sobre una superficie de madera rústica.
Dos manos cuentan meticulosamente varios billetes de Quetzal guatemaltecos sobre una mesa de madera rústica, simbolizando transacciones económicas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

¿Qué controles y reportes exige la norma?

El artículo 28 ordena que las entidades sujetas a la ley implementen políticas, procedimientos y sistemas de monitoreo permanente para detectar transacciones inusuales, según el Congreso de Guatemala. El artículo 29 añade que esas operaciones deberán examinarse para establecer si tienen una justificación económica o legal.

Si una operación carece de fundamento aparente o genera sospechas razonables, las Personas Obligadas deberán informarla de forma exclusiva y confidencial a la Intendencia de Verificación Especial, según el artículo 30 citado por el Congreso de Guatemala.

Según el Congreso de Guatemala, el modelo deja de concentrarse solo en la sanción penal y establece un esquema preventivo basado en la recopilación, el monitoreo y el reporte de información relevante.

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