
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) expulsó de ese sistema de justicia transicional a Jaime Aguilar Ramírez, conocido con el alias de Dionisio Rayo, tras concluir que incurrió en deserción armada manifiesta y en un incumplimiento de extrema gravedad del Régimen de Condicionalidad que había suscrito al someterse a esa jurisdicción.
La decisión fue adoptada por la magistrada Alexandra Sandoval Mantilla, de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI). En ella se determinó que Aguilar Ramírez retomó las armas después de haberse acogido al Acuerdo de Paz de 2016 y pasó a integrar el autodenominado Estado Mayor Central (EMC), organización disidente de las extintas Farc-EP liderada por ‘Iván Mordisco’.
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Como consecuencia de la decisión, Aguilar Ramírez perdió todos los beneficios otorgados por la JEP y el Sistema Integral para la Paz, entre ellos la libertad condicionada, la libertad provisional y demás tratamientos transicionales que había recibido desde 2018. Asimismo, la jurisdicción ordenó la remisión de los procesos penales relacionados con su caso a las autoridades ordinarias que originalmente conocieron de ellos.
De acuerdo con la resolución, la Sala estableció que el compareciente incumplió las obligaciones adquiridas ante la JEP al dejar de atender requerimientos judiciales, ausentarse de diligencias programadas y abandonar su proceso de reincorporación.
Verificación sobre su presunto rearme

La actuación que derivó en la expulsión se fortaleció durante 2025, cuando la Sala de Amnistía o Indulto solicitó información a distintas entidades estatales para establecer si Aguilar Ramírez se había rearmado y si hacía parte de un Grupo Armado Organizado Residual. En el desarrollo de esa verificación, la JEP recopiló información de la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), el Ministerio de Defensa y otras entidades.
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También contrastó esos datos con reportes de fuentes públicas y publicaciones periodísticas. La resolución menciona que, a partir del 31 de agosto de 2025, diversos medios de comunicación difundieron información sobre la presunta pertenencia de “Dionisio Rayo” al Estado Mayor Central. Según esos reportes, el exintegrante de las Farc-EP habría ingresado a esa estructura desde 2022 y estaría utilizando conocimientos adquiridos durante el conflicto para capacitar integrantes de las disidencias en el uso de drones con fines bélicos.
La JEP determinó que la evidencia recopilada permitía afirmar que el compareciente abandonó el proceso de paz y volvió a integrar una organización armada ilegal, circunstancia que configura una causal de exclusión del sistema transicional.
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La resolución también recuerda que Aguilar Ramírez fue convocado por la Sala de Reconocimiento de Verdad a rendir versión voluntaria dentro de las investigaciones adelantadas por la jurisdicción. Sin embargo, no asistió a las diligencias programadas ni justificó su ausencia. Posteriormente, la Secretaría Judicial dejó constancia de que tampoco fue posible establecer contacto con él y que incluso su apoderado manifestó desconocer su paradero.
Pérdida de beneficios y retorno a la justicia ordinaria
La decisión de la Sala de Amnistía o Indulto implica la pérdida de todos los beneficios y derechos asociados a su permanencia en el Sistema Integral para la Paz. Además de la revocatoria de libertades y tratamientos especiales, la medida contempla la terminación de los beneficios vinculados a programas de reincorporación, acceso a medidas de protección y participación política.
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La Sala recordó que la deserción armada es considerada el incumplimiento más grave dentro de las obligaciones adquiridas por los excombatientes sometidos a la justicia transicional. Por ello, cuando la deserción es considerada manifiesta, la jurisdicción puede adoptar decisiones de exclusión sin necesidad de agotar un incidente formal de incumplimiento.
La JEP concluyó que el caso de Aguilar Ramírez corresponde a una “deserción armada manifiesta”, figura aplicable a quienes abandonan de manera evidente el proceso de paz y regresan a actividades armadas ilegales. La decisión quedó en firme luego de que las partes no presentaran recursos de reposición ni apelación dentro de los términos legales.
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La exclusión de alias Dionisio Rayo ocurre en medio de los avances judiciales que la JEP reporta en los distintos macrocasos relacionados con los crímenes más graves cometidos durante el conflicto armado. Según cifras de la jurisdicción, hasta la fecha se han formulado 134 imputaciones contra 98 comparecientes identificados como máximos responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad.
En el Caso 01, que investiga la política de secuestro de las extintas Farc-EP, han sido imputados 63 comparecientes, de los cuales 41 ya realizaron reconocimientos públicos de responsabilidad ante las víctimas. Asimismo, los siete integrantes del último Secretariado de esa organización ya fueron sancionados por esos hechos.
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