Patricia Bullrich presentó un proyecto para que no prescriba la acción penal por delitos sexuales contra menores

La iniciativa, impulsada en el Senado, retoma el debate por el caso Segovia, en el que un acusado de abuso sexual permaneció prófugo durante más de 14 años y luego fue sobreseído. Además, propone suspender los plazos de prescripción ante la fuga, la rebeldía o una solicitud de extradición

La senadora nacional Patricia Bullrich
La senadora nacional Patricia Bullrich
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La senadora Patricia Bullrich presentó un proyecto de ley que propone que no prescriba la acción penal por delitos contra la integridad sexual cometidos contra menores de edad. La iniciativa retoma el debate que cobró impulso tras el caso Segovia, en el que un acusado de abuso sexual agravado permaneció prófugo durante más de 14 años y luego fue sobreseído por la prescripción de la causa.

En rigor, el texto incorpora al Código Penal un artículo 62 bis para establecer que la acción penal “no prescribirá” en los delitos contra la integridad sexual previstos en los capítulos II, III, IV y V del Título III del Libro II, cuando la víctima sea menor de edad. También incluye los casos de trata de personas y trata agravada con fines de explotación sexual previstos en los artículos 145 bis y 145 ter.

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El alcance abarca, entre otros delitos, las distintas modalidades de abuso sexual, corrupción de menores, pornografía infantil, exhibiciones obscenas, grooming y trata de personas con fines de explotación sexual cuando las víctimas sean niños, niñas o adolescentes.

En los fundamentos, Bullrich plantea que la reforma parte de la necesidad de que “el transcurso del tiempo no se convierta en un mecanismo de impunidad”. La propuesta sostiene que los hechos de esa naturaleza requieren que el Estado conserve “sin límite temporal” la facultad de investigarlos y sancionarlos.

El proyecto toma como antecedente las leyes 26.705, conocida como Ley Piazza, y 27.206, denominada Respeto a los tiempos de las víctimas. Ambas reformas modificaron las reglas de prescripción para casos de abuso sexual infantil, aunque mantuvieron plazos para la extinción de la acción penal. La iniciativa de Bullrich plantea un cambio mayor: que esos delitos no queden alcanzados por ningún plazo de prescripción.

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El texto menciona de manera expresa el llamado caso Segovia, que volvió a poner el tema en discusión. La causa se originó por el abuso sexual agravado contra una niña de 11 años en 2009. El acusado, Alberto Martín Del Valle, permaneció prófugo hasta agosto de este año, cuando fue detenido en Florencio Varela. Luego, la Justicia declaró prescripta la acción penal.

Tres fotografías muestran a Alberto Martín Del Valle antes y después de su detención, además de un detalle de sus manos esposadas con un tatuaje.
El antes y después de Alberto Martín Del Valle, detenido tras más de 14 años prófugo

La hermana de la víctima, Yamila Segovia, impulsó una campaña para modificar las normas que regulan la prescripción en este tipo de expedientes. El proyecto de Bullrich recoge ese reclamo, aunque no se limita a los delitos sexuales contra menores.

La iniciativa también reforma el artículo 67 del Código Penal y propone que la fuga, la declaración de rebeldía y la solicitud de extradición dispuesta por un tribunal argentino sean causas de suspensión de la prescripción para los delitos que continúen sujetos a esos plazos.

La diferencia es relevante: durante la suspensión, el tiempo no se computa. Una vez que termina la causa que la originó, el plazo sigue desde el punto en el que había quedado detenido. Bajo ese criterio, el proyecto establece que la prescripción se suspenderá “cuando el imputado se encuentre prófugo o se hubiere declarado su rebeldía” y cuando un tribunal argentino disponga una solicitud de extradición.

En los fundamentos, Bullrich sostiene que la suspensión evita que el tiempo de fuga vuelva a computarse a favor del imputado.

La propuesta también modifica los plazos generales de prescripción. Para los delitos castigados con prisión o reclusión perpetua, fija un plazo de 20 años. En los delitos con pena de prisión, el plazo será equivalente al máximo de la pena prevista, con un mínimo de cuatro años y un tope de 15 años, salvo los casos que el nuevo artículo 62 bis declara imprescriptibles.

Además, eleva a cuatro años los plazos para los delitos reprimidos únicamente con multa o inhabilitación temporal, fija cinco años para los casos de inhabilitación perpetua y establece seis años para las personas jurídicas.

Yamila Segobia, hermana de la víctima e impulsora de la Ley, antes de que Alberto Martín del Valle fuera detenido. "Tengo hambre de Justicia. Este tipo tiene que estar preso", decía

Otro de los cambios alcanza puntualmente a la prescripción de la pena. En ese sentido, la iniciativa precisa desde cuándo debe empezar a contarse cuando una sentencia condenatoria es cuestionada mediante un recurso extraordinario federal o una queja. También establece que, si la condena ya comenzó a cumplirse y luego es quebrantada, el plazo se compute desde ese momento.

El proyecto presentado en el Senado se conoce una semana después de que la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados iniciara el debate de 12 iniciativas vinculadas con la prescripción en delitos sexuales contra menores.

En esa reunión, legisladores de distintos bloques plantearon propuestas para suspender o interrumpir los plazos cuando el acusado está prófugo, declarado rebelde o sustraído del proceso. Algunas proponen la imprescriptibilidad para determinados delitos; otras se concentran en impedir que la fuga favorezca a los acusados. El proyecto de Bullrich reúne ambos aspectos y suma una revisión más amplia de las normas sobre prescripción en el Código Penal.

Para avanzar, la iniciativa deberá ser tratada por las comisiones del Senado antes de llegar al recinto.

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