
El Tribunal de Revisión en lo Criminal de Corrientes anuló este miércoles la medida de coerción que había fijado la residencia, la escolarización y el tratamiento psicoterapéutico para N.Y.L., la adolescente de 17 años acusada como coautora del espeluznante crimen de Cecilia Lazcano en Alvear.
La decisión dejó sin efecto la resolución que la jueza de Garantías subrogante Claudia Luco Montero había dictado el 28 de agosto. Esa medida establecía que la imputada quedara bajo el cuidado de su madre en un domicilio de Santo Tomé (a unos 90 kilómetros de Alvear), que asistiera a una escuela de esa ciudad y que iniciara un tratamiento psicoterapéutico, además de prohibirle el ingreso a Alvear.
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El abogado querellante Juan Eduardo Saucedo, quien representa a los padres de la víctima, impugnó la resolución y reclamó que se revisara el rechazo al pedido de prisión preventiva. El planteo llegó así al Tribunal de Revisión, integrado por los jueces Diego Roberto Núñez Hüel, Karina Elizabeth Asselborn y Mario Alberto Alegre.
Según el fallo, al que accedió Infobae, los magistrados concluyeron que la resolución de Luco Montero “carece absolutamente de fundamentación suficiente”.

Al expedirse, los jueces cuestionaron que su colega hubiera descartado los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación sin analizar las circunstancias particulares del expediente ni los argumentos de la querella.
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Hay que recordar que Luco Montero había sostenido durante la audiencia que la detención era una medida excepcional y que la adolescente contaba con arraigo, un lugar donde residir y disposición para colaborar con la investigación. También valoró que permaneciera en Santo Tomé, sin posibilidades de regresar a Alvear, y que recibiera atención psicológica.
Para el Tribunal de Revisión, esa explicación no alcanzó. Los jueces señalaron que la resolución no detalló los motivos por los cuales aceptó la postura de la Fiscalía, la Defensa y la Asesoría de Menores, ni explicó por qué rechazó el planteo de la querella.
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“No expone el razonamiento lógico que le permite arribar a la conclusión”, indicaron los magistrados al analizar la decisión.
Asimismo, remarcaron que las resoluciones judiciales deben expresar los fundamentos de hecho y de derecho que las sostienen, ya que esa exigencia permite a las partes impugnar una medida y a los tribunales superiores revisar su legalidad.
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“Si un juez no explica por qué toma una decisión, las partes no pueden saber si se aplicó el derecho correctamente”, resumieron.

“La adecuada fundamentación permite que este tribunal pueda revisar la decisión cuando es cuestionada, y para ello, necesita conocer los motivos del juez de la instancia de origen. Sin fundamentación, el recurso de impugnación se vuelve imposible o ineficaz, vulnerando el derecho al recurso legal. Solo con una adecuada fundamentación, este Tribunal de revisión podrá controlar la decisión impugnada”, concluyeron Hüel, Asselborn y Alegre.
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De este modo, se declaró la nulidad de lo que había dispuesto Luco Montero y se ordenó una nueva audiencia urgente para definir la situación procesal de N.Y.L. Según pudo saber este medio, la misma se realizará este jueves.
En ese encuentro, la Justicia deberá volver a analizar qué medida corresponde imponer. Podría mantener una medida no privativa de la libertad con fundamentos más precisos o condiciones diferentes; disponer mayores restricciones y controles; o imponer una medida de encierro si considera acreditados riesgos procesales que no puedan neutralizarse de otra manera.
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El crimen

Cecilia fue hallada con heridas graves en el cuello y las muñecas durante la madrugada del 16 de julio, en inmediaciones de la antigua estación de tren de Alvear. La adolescente fue trasladada en ambulancia, pero murió durante el viaje hacia la capital provincial.
En un primer momento, la investigación contempló la hipótesis de un suicidio. Sin embargo, la autopsia, el análisis de las cámaras de seguridad y los peritajes sobre los teléfonos celulares orientaron la causa hacia un asesinato.
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Los investigadores determinaron que Cecilia había salido de la casa de una amiga para encontrarse con J., un compañero de colegio de 16 años. Las filmaciones lo mostraron junto a la víctima en dirección a la estación ferroviaria, con una pala en la mano.
J. quedó imputado como autor material de homicidio agravado por ensañamiento y alevosía. La Justicia ordenó su institucionalización provisoria por un año en el Centro de Contención Juvenil de Corrientes.
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La situación de N.Y.L., novia de J., se complicó luego del análisis de conversaciones que ambos habían mantenido antes y después del ataque. Para la Fiscalía, esos chats permitieron establecer que existió una planificación previa. La adolescente fue imputada como coautora de homicidio agravado por alevosía.

La investigación también busca establecer el móvil del crimen y determinar si existió la participación de una tercera persona. Esa hipótesis surgió de mensajes intercambiados por los adolescentes, aunque hasta el momento no hay otro sospechoso identificado formalmente en el expediente.
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