
Un hombre fue condenado a seis años de prisión efectiva por abusar sexualmente de una niña perteneciente a su entorno familiar en la ciudad de San Martín de los Andes en la provincia de Neuquén.
El fallo, dictado por el tribunal conformado por los jueces Juan Pablo Balderrama, Maximiliano Bagnat y la jueza Leticia Lorenzo, puso fin a un proceso judicial que expuso la gravedad de los hechos ocurridos entre marzo y diciembre de 2024.
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La investigación, encabezada por el Ministerio Público Fiscal (MPF), estableció que el acusado, identificado con las iniciales S.P., aprovechó la convivencia con la víctima para cometer los abusos.
Los episodios tuvieron lugar tanto en el domicilio que ambos compartían como en una estancia durante un viaje familiar, según detalló la fiscalía. La calificación legal del delito fue abuso sexual simple calificado por ser cometido contra una persona menor de 18 años y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente.
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El tribunal resolvió, de manera unánime, imponer una pena de 5 años de prisión efectiva por el hecho juzgado, unificándola con una condena previa de S.P. a 3 años de prisión condicional por un delito similar, dictada en agosto de 2021. De esta manera, la pena total fijada asciende a 6 años de prisión efectiva.
De acuerdo con la información aportada por el Ministerio Público Fiscal, los abusos investigados se produjeron de manera reiterada durante un período de diez meses. El fiscal Scordo, expuso que el acusado actuó en al menos dos contextos: en la vivienda compartida y en una estancia, durante un viaje familiar. La evidencia presentada permitió acreditar la existencia de una dinámica de control y aprovechamiento de la relación de convivencia.
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Durante la audiencia de determinación de la pena, celebrada la semana pasada, el fiscal Scordo argumentó que el delito atribuido a S.P. contemplaba un rango de pena de tres a diez años de prisión. En su exposición, solicitó una condena de ocho años de prisión, fundamentando el pedido en la “extensión del daño, la reiteración de los hechos y los antecedentes que tiene el acusado”, según afirmó.
El fiscal también solicitó que la nueva condena se unificara con la sentencia previa por abuso sexual simple agravado dictada en 2021, cuyo cumplimiento era condicional. “Pedimos revocar esta condicionalidad y unificar la condena en una sola de 11 años de prisión efectiva”, manifestó Scordo durante la audiencia, planteo que fue respaldado por el Defensor de la Niñez y Adolescencia.
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La resolución del tribunal se basó en la valoración de las pruebas presentadas y en la gravedad de los hechos. El juez Juan Pablo Balderrama, portavoz del cuerpo, explicó que la decisión de imponer 5 años de prisión efectiva, unificados con la condena previa en un total de 6 años de prisión efectiva, fue adoptada por unanimidad junto al magistrado Bagnat y la jueza Lorenzo.
Según lo informado, el tribunal consideró la reiteración de los hechos y el contexto de convivencia preexistente como factores agravantes. No obstante, la pena resultó menor a la solicitada por la fiscalía, que había requerido una unificación de condenas por un total de 11 años de prisión efectiva. El tribunal optó por una sanción inferior, aunque revocó el beneficio de la condicionalidad de la sentencia anterior.
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El delito de abuso sexual simple calificado por el vínculo y la convivencia preexistente, previsto en el Código Penal argentino, contempla penas de hasta diez años de prisión. En este caso, la condena total se fijó en seis años de cumplimiento efectivo, respondiendo a una valoración conjunta de los hechos y los antecedentes penales del acusado.
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