
En medio del juicio contra los siete hombres acusados de haber violado en grupo a una adolescente de 17 años en la localidad de Médanos, ubicada en la provincia de Buenos Aires, el fiscal de Delitos Sexuales, Marcelo Romero Jardín, solicitó que sean condenados a 10 años de prisión.
Según reconstruyó la investigación, el ataque sexual ocurrió en la madrugada del 30 de noviembre de 2017. Esa noche, la víctima y los imputados habían concurrido a un cumpleaños, que había sido celebrado en una quinta situada en el partido de Villarino.
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Por este hecho, llegaron en calidad de acusados A. E. A., F. F. A., E. D. R., K. D. R., F. N. Q. H., Alexis G. R. y E. G. T. Algunos de ellos enfrentan cargos de abuso sexual con acceso carnal o, de forma subsidiaria, abuso sexual gravemente ultrajante, en calidad de “coautores funcionales”.
De acuerdo con la información obtenida por La Nueva, el fiscal sostuvo que solo dos de los procesados habrían accedido carnalmente a la víctima, pero consideró que todos los imputados contribuyeron de manera activa para que el abuso se concretara.
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Por este motivo, el representante del Ministerio Público Fiscal apuntó que los sospechosos actuaron con “violencia o mediante intimidación”, tras haber encerrado a la joven en una habitación oscura, en donde procedieron a rodearla y amenazarla.
“Todos los imputados eran conscientes de lo que sucedía en ese cuarto y pretendían el resultado buscado y planificado antes”, afirmó en su exposición. De la misma manera, remarcó que el ataque fue interrumpido cuando otra chica golpeó la puerta y advirtió que llamaría a la Policía.
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Frente a esto, el fiscal explicó que no pudo determinar con precisión quiénes accedieron carnalmente a la menor, ya que los agresores apagaron la luz de la habitación durante el ataque. Por esa razón, postuló la figura de coautoría funcional, que contemplaría penas de entre 6 y 15 años de cárcel. Asimismo, descartó la complicidad.
Según explicó Romero Jardín, tomó el concepto de coautoría funcional, basándose en el texto “Derecho Penal. El delito imprudente. Autoría y participación criminal” del jurista Edgardo Donna. De acuerdo con esta doctrina, la coautoría se configuraría cuando varias personas participan en la ejecución de un delito, cada una con un rol o función específica, de forma tal que sus aportes resultan indispensables para la consumación del hecho.
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“Si pensamos en el sujeto que amenaza a la víctima con un arma mientras su compañero le sustrae la cartera, o en el que sostiene a la mujer por la fuerza mientras otro la accede sexualmente, veremos que hay casos en que varias personas correalizan la ejecución del hecho en distintos papeles o funciones, de forma que sus aportes al hecho completan la total realización del tipo”, profundizó.
En este sentido, la comisión del hecho no residiría en la ejecución personal, sino que también tendría en cuenta la división del trabajo planificada y consciente. No obstante, señaló que la posibilidad de la coautoría se restringe a delitos dolosos, es decir, aquellos cometidos de manera intencional y con voluntad de participar en la acción delictiva.
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Durante el turno del abogado Mauro de Mira, representante de la víctima, se requirieron penas de 12 años de cárcel para los acusados, mientras que los defensores Álvaro Coleffi y Marcelo Ciccola pujaron por la absolución de sus clientes. A lo largo del juicio oral, también declararon testigos presentados por todas las partes implicadas.
De esta manera, el Tribunal en lo Criminal N° 1 de Bahía Blanca confirmó que dará a conocer el fallo el próximo martes. No obstante, cabe recordar que todavía queda pendiente de celebrarse un segundo juicio por el hecho, debido a que también estuvieron involucrados tres menores de edad, quienes serán juzgados por el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.
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