
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución del DERMATOSCOPIO FotoFinder, modelo skeen. La medida fue dispuesta oficialmente en todo el territorio nacional a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Disposición 4945/2026.
La decisión fue adoptada tras la denuncia del robo del equipo, registrada por la empresa Aler SM S.A., titular del producto e inscripta como fabricante e importadora de productos médicos.
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El caso surgió a partir de las acciones de control iniciadas por el servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS). Según consta en el expediente, la denuncia policial fue efectuada ante la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y acompañada por el correspondiente certificado de actuación, con el número de identificación IF-2026-62681861-APN-DVPS#ANMAT.
El dermatoscopio, registrado bajo PM1958-65 y clasificado como producto de riesgo I, está diseñado para la captura y documentación estandarizada de imágenes microscópicas y macroscópicas, facilitando la evaluación inicial de lesiones cutáneas y el seguimiento de los pacientes. La unidad robada, cuya condición y estado se desconocen, motivó la intervención de las autoridades para resguardar la seguridad de potenciales usuarios y adquirentes.
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El proceso de control se activó una vez que la firma Aler SM S.A. —legajo N° 1958— notificó formalmente el robo del dispositivo. El área técnica de la DEYGMPS sugirió la prohibición total del uso, comercialización y distribución del producto en cuestión. Esta recomendación se fundamentó en la incertidumbre sobre el estado del equipo sustraído y en la necesidad de prevenir riesgos en el ámbito sanitario.

La disposición ordena la notificación inmediata al Instituto Nacional de Productos Médicos, a las autoridades sanitarias jurisdiccionales, y a la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo, dependiente de la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial, así como a áreas técnicas y jurídicas del Ministerio de Economía.
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La autoridad sanitaria recuerda que toda persona o institución que detecte la presencia o circulación del producto mencionado debe abstenerse de su uso y reportarlo ante las autoridades competentes. La información fue comunicada a todas las instancias regulatorias y jurisdiccionales, así como a las áreas responsables de la gestión técnica y normativa.
Hace tan solo una semana, la ANMAT prohibió el uso, comercialización y distribución de ÁTOMO Desinflamante Forte y ÁTOMO Desinflamante Clásico, dos especialidades medicinales de titularidad de Gramon Millet S.A.. Según informó el Boletín Oficial, la decisión afectó al lote 00023 de la presentación Forte x 100 gramos, con vencimiento 05/28, y al lote 00214 de la presentación Clásico x 110 gramos.
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El motivo no fue una falla de formulación informada por la autoridad, sino el robo de 5.740 unidades de Átomo Desinflamante Forte y 3.360 unidades de Átomo Desinflamante Clásico en instalaciones de Dalban Pharma S.A.. El expediente señala que esos productos sustraídos no habían tenido comercialización previa y que los remanentes fueron enviados a destrucción. El problema para la autoridad sanitaria radica en que, una vez fuera del circuito controlado, no puede acreditarse su estado de conservación ni su seguridad para el eventual usuario.
Esa misma lógica se aplicó a otro medicamento prohibido por ANMAT: ZETROTRAX jarabe por 240 mililitros. También se trató de unidades sustraídas en la planta de Laboratorios Dalban. La prohibición recae sobre 6.360 frascos en total, distribuidos entre 2.314 unidades del lote EAIB6, 1.706 del EAIB7 y 2.340 del EAIB8. En este caso, los envases aún no estaban estuchados, aunque sí contaban con la etiqueta autorizada con nombre del producto, lote y vencimiento.
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