
Walter Damián Lobo y Jorge Luis Messina, señalados como jefes de la red de abogados caranchos acusados de estafar a compañías de seguros con falsos reclamos, fueron condenados este martes a cinco años de prisión por la justicia de Lomas de Zamora.
El fallo se dio a conocer en el marco de un juicio oral a cargo de los jueces Alejandro Claudio Sgarlata, Ignacio Etchepare y Lucía Copertino, donde la Superintendencia de Seguros de la Nación participó como particular damnificada. Por su parte, en representación a las aseguradoras, estuvieron los abogados Fernando Ricciardini, Ana Durañona y Vedia y Nicolás D’Albora.
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Los ahora condenados eran los únicos dos miembros de la banda que no habían acordado un juicio abreviado y eligieron enfrentarse a un debate oral. El resto de los integrantes de la asociación ilícita habían sido condenados previamente a tres años de cárcel.
La acusación contra Lobo y Messina era mayor. El primero, de profesión abogado como la mayoría de los imputados, recibió una pena de cinco años y ocho meses de prisión, con la inhabilitación para ejercer durante el mismo período.
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A Messina, por su parte, lo condenaron a cinco años y diez meses de prisión, con igual inhabilitación profesional. Su trayectoria tiene una particularidad: antes de recibirse de abogado, había trabajado quince años como jefe de calle en la Policía Bonaerense. Esta doble condición generó fuerte controversia durante el debate, porque la fiscalía sostuvo que la experiencia policial facilitó la operatoria.
Ambos fueron condenados por "asociación ilícita en calidad de jefe“. En el caso de Messina, se sumaron tres hechos de defraudación en grado de tentativa, ya que logró llevar adelante demandas truchas contra compañías aseguradoras usando datos y personas falsas.
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Cómo actuaban, según la Justicia
El eje de la maniobra reconocida por los jueces fue la utilización de personas de bajos recursos. Los acusados las contactaban y usaban su identidad para presentar demandas judiciales falsas contra compañías de seguros, simulando lesiones y accidentes que nunca ocurrieron.
Incluso, según la sentencia, hubo casos en que las víctimas reales fueron personas analfabetas o inexpertas, algo que la fiscal Mariana Monti consideró un agravante para aumentar la pena destinada a Messina.
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La propia resolución cita el aprovechamiento de la “corta edad e inocencia frente al engaño, de aquellas personas que fueron utilizadas como medio para lograr propósitos económicos”. El fallo, además, agrega que los acusados lograron “la fácil manipulación y el engaño a estas inexpertas personas, aunque sin excluir el analfabetismo de una de ellas”.
El juez Sgarlata señaló que el impacto de estos delitos excede el simple daño patrimonial a la aseguradora. "Cuando un abogado delinque, sobre todo en el ejercicio o en ocasión de su profesión, no solo vulnera la norma penal, sino que además, traiciona aquel mandato institucional, lo cual permite considerar su conducta como una deslealtad inmensa a la función que se le ha confiado“, consideró.
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