
Menos de cuatro meses después de que el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 otorgara la excarcelación en términos de libertad condicional a Juan Pablo Offidani, la causa judicial por el caso de Lucía Pérez sumó un nuevo giro. La Cámara de Apelación y Garantías revocó la resolución que había permitido su salida.
La decisión llegó luego de que se hiciera lugar al recurso presentado por el fiscal Carlos Russo y la familia de la víctima, representada por el abogado Juan Pablo Gallego.
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La Cámara argumentó que no se cumplían todas las condiciones necesarias para acceder a la libertad condicional y, por consiguiente, recomendó la implementación de un régimen alternativo de semi-libertad.
La excarcelación de Offidani había sido concedida con base en el pedido de sus defensores, César Sivo y Romina Merino, quienes fundamentaron el planteo en la cantidad de tiempo que el condenado llevaba detenido y en los beneficios previstos por estímulo educativo. Según la defensa, el detenido había permanecido en prisión durante nueve años y, al progresar en programas educativos, podía acceder a una reducción de su pena.
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Según informó el portal 0223, la Cámara de Apelación y Garantías, integrada por los jueces Adrián Angulo y Gastón de Marco, planteó que la medida debía ser revisada. En su resolución, instaron al tribunal a establecer un régimen de prueba y atenuación coercitiva con salidas diurnas acotadas a ocho horas, bajo tutoría o supervisión, equiparable a una modalidad de semi-libertad o prisión discontinua.
La revocación de la libertad condicional para Offidani se fundamentó en la necesidad de un abordaje interdisciplinario previo a cualquier transición hacia la libertad plena. Los jueces recomendaron que, antes de acceder nuevamente a la condicional, el hombre sea incorporado a una modalidad tratamental ambulatoria, con tres estímulos semanales, los días lunes, miércoles y viernes de 08.30 a 16 horas, en la ONG Proyecto Vida Digna.
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Offidani fue condenado a una pena única de 15 años de prisión como partícipe secundario del abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes de Lucía Pérez.
La resolución previa del tribunal había dispuesto reglas estrictas de conducta: fijar domicilio bajo control del Patronato de Liberados, abstenerse de consumir drogas o alcohol, no cometer nuevos delitos, realizar tratamiento integral contra las adicciones en modalidad ambulatoria e impedir su acercamiento a menos de 200 metros del domicilio de los padres de Lucía Pérez.
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El caso Lucía Pérez suma distintas instancias judiciales desde el 8 de octubre de 2016, fecha del crimen. En febrero de 2025, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió revisar la condena sobre Matías Farías, condenado a prisión perpetua en marzo de 2023 por el abuso sexual y el femicidio de la adolescente.
Farías fue considerado autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes seguido de muerte en concurso ideal con el femicidio” de Lucía Pérez. La revisión de su condena sigue pendiente, en un contexto de alta sensibilidad social y mediática.
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Entre el 29 y el 30 de abril, los jueces Fabián Riquert, Paula Soulé y Federico Cecchi llevarán adelante el denominado “juicio de cesura”. En esa audiencia, las partes producirán pruebas limitadas a la valoración de la pena y presentarán sus respectivos pedidos.
El caso Lucía Pérez se mantiene en el centro del debate sobre el funcionamiento del sistema judicial y la aplicación de beneficios a condenados por delitos graves. Las resoluciones recientes confirman que el proceso continúa bajo análisis y que la reinserción de los imputados será sometida a una estricta supervisión judicial y terapéutica.
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