Hoy darán a conocer el veredicto para la ex pareja de Carolina Píparo por atropellar a dos motociclistas tras un robo

La Fiscalía solicitó una condena de seis años de prisión para Juan Ignacio Buzali, mientras que la querella reclamó una pena de ocho. El acusado y su pareja habían confundido a los delincuentes con dos hombres

Juan Ignacio Buzali
Sr conocerá el veredicto contra Juan Ignacio Buzali (Foto NA: SEBA CASALI/EL DIAzzzz)
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El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de La Plata dará a conocer en las próximas horas el veredicto en el juicio contra Juan Ignacio Buzali -ex marido de Carolina Píparo- quien está acusado de tentativa de homicidio luego de atropellar a dos motociclistas, a quienes confundió con delincuentes en 2021.

El dictamen se conocerá a partir de las 11 en la sede judicial de la capital bonaerense, de acuerdo con lo indicado por el portal El Dia. El episodio que derivó en la imputación tuvo lugar en el barrio La Loma, durante la madrugada del 1° de enero de 2021. La actual directora del Banco Nación denunció en aquel entonces haber sido víctima de un robo cuando descendía de su vehículo en la calle 47, junto a su esposo, para dejar a su padre después del festejo de Año Nuevo.

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Según su declaración, un grupo de individuos que circulaban armados en moto la atacaron y le sustrajeron la cartera. Ante lo sucedido la pareja se dirigió a realizar la denuncia, pero en el camino creyeron identificar a los supuestos asaltantes circulando por la zona, por lo que decidieron seguirlos a bordo de un Fiat 500L negro con techo blanco.

La persecución culminó en la intersección de las calles 21 y 40, donde Buzali embistió desde atrás a una moto en la que viajaban Luis Lavalle y un adolescente de 17 años, de acuerdo con lo detallado en la causa. Ambos cayeron al pavimento y resultaron heridos. En el transcurso del juicio, el cual comenzó el 3 de marzo pasado, Buzali sostuvo de manera reiterada que no actuó con intención de provocar daño y calificó el hecho como un “infortunio”. En sus últimas palabras ante el tribunal integrado por Ramiro Fernández Lorenzo, Hernán Decastelli y Cecilia Sanucci, se disculpó: “Pido perdón, si cometí algún error fue sin intención”.

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Durante las instancias finales del proceso, expusieron sus alegatos los representantes de las partes. El fiscal Juan Pablo Caniggia solicitó una condena de seis años de prisión efectiva por considerar a Buzali autor del delito de doble tentativa de homicidio. Por su parte, el abogado de uno de los damnificados Martín Miguel De Vargas, requirió una pena de ocho años de cárcel. En tanto, la defensa de Buzali reclamó la absolución, argumentando que el hecho careció de intencionalidad y que su defendido no buscó causar daño a las víctimas.

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Le habian otorgado prisión domiciliaria en 2021 (Aglaplata)

En 2021, el acusado obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria. Según consta en un documento de 17 páginas al que accedió Infobae en ese entonces, la jueza basó su determinación en que Buzali logró fijar residencia, la cual fue considerada adecuada tras la evaluación socioambiental, y en que la etapa de instrucción se encontraba prácticamente concluida, lo que impedía que pudiera obstaculizar la investigación.

La fiscal María Eugenia Di Lorenzo adhirió a la medida de prisión domiciliaria, luego de solicitar una nueva pericia psicológica y que el imputado precisara su domicilio: “Finalmente, entiendo que una vez esclarecida la situación domiciliaria del imputado este Ministerio Público no encuentra óbice (impedimento) a que sea otorgada la morigeración requerida”.

La jueza Garmendia también consideró el informe psiquiátrico realizado a Buzali para concederle el beneficio. En ese escrito, la experta señaló que el acusado no presentaba ninguna patología psiquiátrica: “Sus funciones intelectuales básicas y superiores se hallan conservadas en la actualidad, no presentando las mismas ningún signo ni síntoma asociado a una enfermedad mental. No aparece durante su discurso ideación de daño y perjuicio para sí ni para terceros, no existiendo peligrosidad psiquiátrica alguna. No se ponen en evidencia en la entrevista ni en sus antecedentes estigmas de impulsividad ni fallas en el control de los impulsos”.

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