
Tras un juicio abreviado en el que admitió su culpabilidad, el cantante de cumbia Nicolás Mattioli fue condenado este martes a tres años de prisión de ejecución condicional por el homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, a quien atropelló con su camioneta y mató en septiembre de 2024 mientras circulaba en su bicicleta por las calles de la localidad santafesina de Santo Tomé.
Sobre el artista, hijo del fallecido referente de la cumbia santafesina Leo Mattioli, además pesa una inhabilitación de siete años para conducir.
El cantante fue condenado por “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor” y, debido a que no cuenta con antecedentes penales, permanecerá en libertad. De todos modos, se le impusieron medidas de conducta, que incluyen una prohibición de acercamiento a 100 metros de los hijos de la víctima y del padre de ellos, así como también la realización de un curso de seguridad vial.
El procedimiento abreviado fue presentado de mutuo acuerdo por la jueza penal Susana Luna, quien presidió la audiencia, la fiscal Rosana Marcolín, el abogado querellante Diego Martini y los defensores Norberto Berlanga y Facundo Colinas.
“Queríamos que fuera condenado porque, más allá de que la condena sea de ejecución condicional, ya queda el antecedente condenatorio, ya no puede acceder a una nueva condena en libertad”, destacó Marcolín ante la prensa luego de la audiencia condenatoria.
Además, advirtió que “contados a partir del día de hoy, son 4 años que el condenado no puede cometer ninguna clase de delitos”.
“Cualquier delito que cometa va a ser seguramente acompañado por un pedido de prisión preventiva del fiscal que esté en turno”, detalló, y explicó que, en caso de recibir otra pena, se sumará a la que ya está cumpliendo en libertad.
Marcolín manifestó que desde un principio le pareció “preocupante” que Mattioli no haya visto a la ciclista “hasta que la chocó”.
Por otro lado, dejó en claro que la pena no fue más dura “porque no había alcohol en sangre, no había sustancias”.
“Se hizo el test más específico, que detecta diez sustancias estupefacientes. Tampoco hubo exceso de velocidad respecto de la permitida en esa calle”, explicó.
De hecho, durante la audiencia, la fiscal expuso que “las pericias concluyeron que Mattioli circulaba aproximadamente a 53,31 kilómetros por hora en una avenida en la que la velocidad máxima permitida es de 60 kilómetros por hora”.

“Sin embargo, el condenado condujo de forma negligente y sin tomar las debidas precauciones, razón por la cual no advirtió la presencia de la ciclista”, advirtió la funcionaria judicial.
Y agregó: “El informe accidentológico concluyó que no hubo maniobra de evasión ni intento de frenada por parte de Mattioli, y además no existía obstáculo para que no pudiera divisar a la víctima antes de impactarla”.
“Al ser embestida, Decurgez salió despedida de la bicicleta hacia la derecha de la calzada y sufrió un traumatismo grave de cráneo que le ocasionó la muerte momentos después”, concluyó Marcolín su relato de los hechos.
El accidente fatal sucedió cerca de las 8 de la mañana del sábado 21 de septiembre de 2024. En ese momento, Mattioli conducía una camioneta Toyota Hilux sobre la calle Richieri de Santo Tomé, en el mismo sentido que transitaba Decurgez. Las imágenes obtenidas por las cámaras de seguridad muestran que la víctima circulaba de manera reglamentaria, próxima a la acera derecha y a escasos metros de la esquina con Libertad.
De acuerdo con la investigación, la camioneta embistió a Decurgez desde atrás, lo que provocó que la mujer perdiera el equilibrio y cayera al suelo. Personal médico acudió rápidamente al lugar, pero pese a los esfuerzos de reanimación, la víctima falleció a consecuencia de las lesiones.
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