Ecuador: el Consejo Electoral canceló a dos partidos y defendió que garantizó el debido proceso

El organismo aseguró que ambas organizaciones no cumplieron requisitos legales de afiliación y que tuvieron plazo para defenderse; los movimientos anuncian acciones ante la justicia electoral

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Fotografía de archivo de la fachada principal de la sede del Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador, en Quito. EFE/Elías Levy
Fotografía de archivo de la fachada principal de la sede del Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador, en Quito. EFE/Elías Levy

El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador resolvió el 26 de abril de 2026 cancelar la personería jurídica de las organizaciones políticas Unidad Popular y Construye, una decisión que las excluye del registro oficial de partidos y movimientos habilitados para participar en elecciones. La medida se adoptó en medio de controversias jurídicas y políticas, y fue defendida por el organismo electoral como un procedimiento ajustado a la ley y respetuoso del debido proceso.

Ecuador funciona bajo un sistema de partidos regulado por el llamado Código de la Democracia, que establece requisitos formales para que las organizaciones políticas puedan existir legalmente. Entre esos, mantener un número mínimo de afiliados o adherentes permanentes y actualizar periódicamente esa información ante la autoridad electoral. El incumplimiento de estas condiciones puede derivar en la cancelación del registro, lo que implica la imposibilidad de presentar candidatos en elecciones.

En este contexto, el CNE inició en marzo de 2026 un proceso administrativo contra varias organizaciones, entre estas Unidad Popular: un movimiento de izquierda con trayectoria en el sistema político ecuatoriano; y Construye, una organización más reciente vinculada a sectores anticorrupción y que cobró notoriedad tras el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio en 2023, cuya candidatura estaba impulsada por ese espacio político.

Construye fue el partido que impulsó la candidatura de Fernando Villavicencio. REUTERS/Karen Toro\
Construye fue el partido que impulsó la candidatura de Fernando Villavicencio. REUTERS/Karen Toro\

Según la resolución adoptada por el pleno del CNE, ambas organizaciones no lograron demostrar que cumplían con el número mínimo de afiliados exigido por la ley. En el caso de Unidad Popular, la decisión se aprobó con una votación dividida que requirió un voto dirimente, mientras que en el caso de Construye hubo mayor consenso entre los consejeros.

El organismo electoral defendió su actuación mediante un comunicado oficial en el que sostuvo que el procedimiento se sustentó en el artículo 327, numeral 7, del Código de la Democracia. De acuerdo con ese pronunciamiento, se garantizó el debido proceso y el derecho a la defensa de las organizaciones involucradas. El CNE afirmó que notificó formalmente a los movimientos y les otorgó un plazo de diez días para presentar documentación que respaldara el número de afiliados y adherentes permanentes necesarios para conservar su personería jurídica.

Además, el CNE señaló que los informes técnico-jurídicos aprobados el mismo 26 de abril concluyeron que las organizaciones políticas están obligadas a mantener y remitir periódicamente sus registros de afiliación, conforme al artículo 335 de la normativa electoral y a sus propios estatutos internos. En ese sentido, indicó que durante la revisión de la documentación entregada por Unidad Popular y Construye “no se evidenciaron fichas ni respaldos documentales” que permitieran actualizar o validar la información en las bases de datos institucionales.

AME949. QUITO (ECUADOR), 07/04/2026.- Personas se manifiestan contra el adelanto de las elecciones locales, este martes, frente al Consejo Nacional Electoral, en Quito (Ecuador). EFE/ José Jácome
AME949. QUITO (ECUADOR), 07/04/2026.- Personas se manifiestan contra el adelanto de las elecciones locales, este martes, frente al Consejo Nacional Electoral, en Quito (Ecuador). EFE/ José Jácome

El organismo también argumentó que permitir la participación electoral de organizaciones que no cumplen los requisitos legales podría afectar la integridad del sistema de partidos y derivar en un uso indebido de recursos públicos. Por eso, sostuvo que la decisión responde a principios de legalidad, transparencia y responsabilidad institucional.

Sin embargo, la cancelación ha sido cuestionada por dirigentes de ambos movimientos, quienes sostienen que sí cumplían con los requisitos y que el proceso se llevó a cabo fuera de los plazos establecidos. Uno de los principales puntos de disputa es el calendario electoral, pues las elecciones seccionales están previstas para noviembre de 2026 y la ley establece límites temporales para este tipo de decisiones administrativas. Según los críticos, la resolución del CNE habría sido adoptada de manera extemporánea, lo que podría afectar su validez.

También existen discrepancias sobre las cifras de afiliación. Unidad Popular ha señalado públicamente que el número de desafiliaciones registradas es mínimo y que no justifica la pérdida de su personería jurídica, mientras que el CNE sostiene que los registros presentados no cumplen con los estándares requeridos para ser validados.

El caso ahora puede escalar al Tribunal Contencioso Electoral (TCE), la máxima instancia en materia electoral en Ecuador, que tiene la facultad de revisar las decisiones del CNE. Tanto Unidad Popular como Construye han anunciado que acudirán a esa instancia para impugnar la cancelación.

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