
Mia Aguirre tenía tres años cuando ingresó sin signos vitales al Hospital de Niños de La Plata en agosto de 2014. Presentaba hematomas en todo el cuerpo, fracturas en brazos y costillas, lesiones recientes y antiguas, y signos de abuso sexual. Heridas espantosas que marcaron su corta y sufrida vida.
Los médicos que la atendieron informaron que no era la primera vez que la llevaban a una guardia: la nena ya había estado en el hospital y los relatos sobre los motivos de sus lesiones cambiaban cada vez.
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Primero, su madre, Cecilia Mailén Cabrera, y su padrastro, Sergio Nicolás Argañaraz, dijeron que Mia se había lastimado jugando con chanchos, luego que se había caído de un caballo, y más tarde que se había ahogado con comida y la habían golpeado para reanimarla.
Las pericias médicas descartaron todas esas explicaciones y ambos adultos -con los que Mia había convivido durante los meses previos a su asesinato, en una vivienda ubicada en la localidad de Berisso, en las afueras de La Plata- terminaron condenados por la Justicia.
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En diciembre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de La Plata sentenció a Argañaraz a 45 años de prisión por homicidio simple en concurso real con abuso sexual agravado por acceso carnal contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia.
Esa sentencia quedó firme en las últimas horas, tras un fallo de la Corte Suprema de Justicia: los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el último recurso de la defensa y así pusieron fin al largo recorrido de esa causa judicial.
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Por su parte, a la madre de Mia la declararon culpable de homicidio calificado por el vínculo, aunque los jueces del TOC N°1 platense consideraron circunstancias extraordinarias de atenuación, ya que se encontraba en una situación de violencia de género y vulnerabilidad.
Para Cabrera, entonces, la pena fue de ocho años de prisión, con derecho a arresto domiciliario.
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Según aquel fallo judicial de 2021, Mia recibió reiterados golpes y maltratos. Los médicos que la atendieron describieron un cuadro de maltrato infantil severo y un abuso sexual violento. La autopsia confirmó que la pequeña murió por un paro cardíaco causado por el dolor extremo de los golpes, que derivó en un shock neurogénico, y que tenía una grave lesión en sus partes íntimas.
Los testimonios incorporados al expediente detallaron la violencia a la que la menor estaba expuesta. Vecinos y familiares señalaron la presencia de gritos, castigos y amenazas. Una vecina incluso declaró haber escuchado a Argañaraz gritarle frases de contenido sexual a la niña. Y otra testigo relató haber visto a la madre y el padrastro golpearla en público.
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Durante el juicio, personal médico, asistentes sociales y psicólogos también aportaron sus testimonios que sirvieron para reconstruir la vida de Mia y el contexto en el que ocurrió el crimen.
En este caso existieron denuncias por violencia y amenazas en el hogar. La abuela materna, el padre biológico y otros familiares se acercaron a organismos estatales y presentaron fotos y denuncias sobre el estado de Mia y las condiciones en las que vivía. Advirtieron ante la Policía, la Justicia de familia y el servicio social sobre el riesgo que ella sufría.
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Mia pasó casi toda su vida al cuidado de su abuela materna. Pero en un momento, Cecilia Cabrera denunció a su propia madre por maltratos hacia la niña. A partir de esa denuncia, el Juzgado de Familia resolvió devolverle la tenencia de Mia a Cabrera, decisión que fue cuestionada por varios integrantes de la familia. Poco después llegó el crimen.
El desenlace del expediente
El fallo detalló que Cabrera, si bien era víctima de violencia de género, también participó activamente en situaciones de maltrato hacia su hija.
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“Toleró, consintió y no evitó que ello ocurriera, a la par que también infringió –en forma activa- reiterados maltratos a su hija", dice concretamente la resolución.
Sin embargo, la Justicia reconoció que existía una exigibilidad parcial respecto a sus deberes como madre debido a la situación de sometimiento en la que vivía.
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La evidencia forense jugó un papel clave en el proceso. Los peritos confirmaron la presencia de ADN masculino en prendas de la niña, compatible con el linaje paterno de Argañaraz. En el juicio, los médicos señalaron que las lesiones no podían explicarse por caídas accidentales o maniobras de reanimación, y que el cuerpo de Mia mostraba signos de sufrimiento prolongado.
El crimen de Mia quedó probado y la condena a Argañaraz fue confirmada, primero, por la Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires y, luego, por la Suprema Corte bonaerense.
Tras esos fallos, la defensa de Argañaraz presentó una queja ante el máximo tribunal penal. Finalmente, los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti rechazaron la presentación por inadmisible, por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
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