La Justicia autorizó a trabajar en Punta del Este a una empleada doméstica acusada de robar una bebé

La decisión fue tomada por la Cámara Federal en San Martín, en un caso que comenzó en 2015. Se cree que la mujer habría hecho pasar a la menor por su propia hija. La mujer, cuyo jefe es un prestigioso abogado, cobrará 500 dólares por casi un mes de tareas

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Vista de la playa de
Vista de la playa de La Barra, donde trabajará la empleada doméstica acusada (AFP)

La Justicia tomó una decisión en un llamativo caso a comienzos de esta semana. El Tribunal Oral Federal N°3 de San Martín, integrado por el magistrado Walter Venditti, autorizó a una empleada doméstica a viajar a Punta del Este.

Allí, según su pedido, trabajará durante poco más de un mes para su jefe, un reconocido abogado. Lo hará en una casa de la exclusiva zona de La Barra, según documentos del caso, por la suma de 500 dólares.

Muchas cosas fueron puestas en la balanza del juez Venditti para tomar esta decisión. La mujer de 58 años, nacida en Paraguay, vecina de Ciudadela, se sometió a un informe socioambiental requerido por la Procuración y realizado por la DUOF Tres de Febrero de la Policía Federal, que descartó cualquier riesgo.

Su defensa presentó una nota de su jefe, donde detallaba el viaje y el sueldo, con pasajes de Buquebus incluídos. La fiscalía general del caso se dio por satisfecha. La Justicia, por otra parte, ya le había permitido a la empleada doméstica viajar en otra ocasión.

Así, el magistrado autorizó a la mujer a viajar desde el 14 de enero hasta el 18 de enero. Deberá presentarse en el Tribunal en el primer día hábil tras su regreso.

Ahora, ¿por qué tanto trámite para autorizar a una empleada doméstica a que trabaje, una mujer que trabaja once horas por día y ayuda todos los sábados en una sede de Cáritas, según su propio testimonio? Simple: por el delito que se la acusa. La empleada doméstica está imputada por robar a una bebé, el delito de supresión de identidad de una menor y falsedad ideológica. Hoy, la bebé en cuestión es una mujer de 19 años.

Una cuestión de registro

La acusación comenzó en 2015 en la Justicia federal de San Martín. El expediente fue archivado en 2021 por el Juzgado Federal N°2 de San Martín, luego desarchivado por orden de la Sala II de la Cámara Federal tras un fuerte planteo de la fiscalía.

Quien denunció a la empleada doméstica fue una ex amiga suya, oriunda de Paraguay también, que aseguró que le confió en guarda a su hija. En su denuncia, aseguró que la bebé, “nació el 13 de octubre de 2004″, dice un documento del caso, aunque la fecha de nacimiento que puede leerse en los registros nacionales data del 2 de febrero de 2006.

“Sin embargo, el nacimiento recién se habría inscripto en el Registro Civil de Rosario, Loma San Pedro de la República del Paraguay el 11 de mayo del 2012. Es decir, casi ocho años después de nacida”, continúa el documento.

La empleada tiene su propio certificado. Con respecto al acta “que la emplaza como progenitora”, este documento “indica que dicho registro se produjo el 7 de enero del 2011 ante el Registro Civil de J. Augusto Saldivar de la República del Paraguay”.

La República de Paraguay respondió en el expediente: aseguró que ambas actas son verídicas.

La empleada doméstica fue entrevistada por el equipo interdisciplinario de la Defensoría General de la Nación. Las inconsistencias fueron obvias. “Entre diversos aspectos, en el item “vinculación madre-hija”, se resaltó que no he observado fotografías del embarazo ni de los primeros años de la niña, siendo la primera –en alusión a las fotos- de su bautismo, en el que tendría 3 o 4 años”, asegura otro documento del expediente. A esa edad, precisamente, es que la denunciante asegura haberle entregado a la niña.

Sin embargo, el informe posterior concluyó que “es importante contemplar las diferencias socio-culturales y grupos de pertenencia, para evitar erróneas estigmatizaciones”.

Ahora, todo esto podría resolverse con un simple estudio de ADN. El estudio fue requerido, de acuerdo a todos estos documentos analizados. “La medida a cumplir que conforma el eje central de la impugnación (estudio de ADN) y cuyo cumplimiento se requirió el 8 de enero de 2016, guarda estricta relación con el objeto investigativo de autos vinculado a la presunta supresión de la identidad de un menor de edad y la consecuente falsedad ideológica que podría afectar a la documental obtenida en nuestro país".

Los documentos relevados, por lo pronto, no incluyen un resultado del supuesto estudio. Aún así, la empleada doméstica fue elevada a juicio luego de la reactivación de la causa en su contra.