
La jueza María Fabiana Galletti, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°37, procesó con prisión preventiva a Sergio Jesús Martín, de 42 años, y Sergio Ávila Juárez, de 34, acusados de asesinar a José Alberto Ronderos, un jubilado de 70 años, en el interior de su vivienda ubicada en el barrio porteño de Núñez. El objetivo de los delincuentes era robar a la víctima.
La investigación, a cargo de la Fiscalía de Distrito de los barrios de Saavedra y Núñez, se inició el 9 de diciembre, cuando familiares de Ronderos denunciaron en la Comisaría 13B de la Policía de la Ciudad que el hombre no respondía los mensajes desde hacía dos días.
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Al acercarse a la vivienda de la víctima, en la calle Vuelta de Obligado al 3100, lo hallaron sin vida. El informe de autopsia determinó que la muerte fue consecuencia de “politraumatismos” y de una “hemorragia interna”. El cuerpo de Ronderos estaba semidesnudo, atado de pies y manos, y presentaba signos evidentes de haber sido golpeado con extrema violencia.
Según publicó el sitio oficial del Ministerio Público Fiscal, apenas se descubrió el cadáver de la víctima, se solicitaron informes a las distintas compañías de telefonía y se encomendaron tareas de investigación a diversas divisiones de la Policía de la Ciudad.
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En base a la labor de la Dirección de Video Seguridad, junto a personal de las divisiones Video Judicial, Apoyo Tecnológico, Análisis de Imágenes y la Sección Apoyo Rápido a Intervenciones de Monitoreo” (SARIM) de esa fuerza de seguridad, pudieron esclarecer el hecho e identificar a los involucrados en el robo y el crimen de Ronderos.
El análisis de las cámaras de seguridad instaladas en las inmediaciones de la vivienda y el testimonio de la cocinera del bar que Ronderos solía frecuentar permitieron establecer que, en los días previos al crimen, uno de los sospechosos vigiló a la víctima.
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Según la resolución firmada por Galletti, “los imputados en diferentes días y horarios realizaron discretas tareas de inteligencia en los alrededores del domicilio de la víctima, al menos desde el 5 hasta el 7 de diciembre inclusive, con el objeto de determinar en qué momento podían acceder a su domicilio y ejecutar el hecho”.
El día del crimen, los autores aprovecharon que Ronderos vivía solo para ingresar en la vivienda durante la tarde. Una vez dentro, lo redujeron y lo ataron de pies y manos con cinta adhesiva plástica transparente, un cordón y un cable de teléfono.
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La jueza describió que, tras inmovilizarlo, “aprovechándose de su supremacía física y que habían anulado toda capacidad de resistencia que Ronderos pudiera oponer, lo golpearon brutalmente en distintas partes de su cuerpo hasta lograr matarlo”. Los atacantes sustrajeron distintos bienes, entre ellos el teléfono celular de la víctima, y los colocaron en dos mochilas y una bolsa, para luego retirarse del lugar pasadas las 18 horas.
Las tareas de investigación permitieron reconstruir la secuencia posterior al crimen. Según establecieron, ambos acusados salieron de la vivienda y abordaron, junto a un tercer cómplice, un colectivo con destino a Parque Patricios.
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Posteriormente, tras la difusión pública del homicidio, los dos sospechosos tomaron un micro de larga distancia hacia la localidad bonaerense de Dolores, y de allí se trasladaron a la ciudad balnearia de Mar del Plata. Sin embargo, su plan de fuga duró poco: fueron detenidos luego de que se conociera su participación en un accidente de tránsito ocurrido el 11 de ese mes, en el que uno de ellos conducía alcoholizado.
Tras su detención, ambos fueron trasladados a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para ser indagados por la jueza, aunque se negaron a declarar.
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En su resolución, Galletti fundamentó el procesamiento en las pruebas obtenidas, que incluyen antecedentes de ambos por delitos contra la propiedad, imágenes de cámaras de seguridad, testimonios y registros de seguimiento previo a la víctima.
La jueza los procesó como autor y partícipe necesario, respectivamente, de “homicidio agravado por haber sido cometido con ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y por el delito conexo -criminis causae-, que a su vez concurre en forma real con el delito de robo”. Además, ordenó el embargo de sus bienes hasta cubrir una suma superior a los 100 millones de pesos.
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En la resolución, la magistrada remarcó la importancia de la labor conjunta de las distintas divisiones policiales, que permitió recolectar registros fílmicos tanto del día del homicidio como de los días previos, y reconstruir las tareas de seguimiento realizadas por los imputados.
Galletti señaló que “Ronderos fue víctima de un plan pergeñado con el tiempo suficiente como para que los agresores pudieran trazar su rutina diaria”, y detalló que las lesiones sufridas “tuvieron lugar en su rostro, cuello, miembros superiores e inferiores”, provocando una hemorragia interna mortal.
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La jueza expresó que “los imputados no podían desconocer que el plan puesto en marcha podía acabar con un resultado distinto al de la muerte de Ronderos”, y destacó “el trato humillante que le dieron al dejarlo maniatado, tendido en el suelo semidesnudo, ensangrentado y sin posibilidad alguna de recibir auxilio”.
Por último, añadió que “el éxito del plan dependía de que Ronderos no pudiera pedir ayuda y, de esa manera, retirarse a plena luz del día en una zona urbana y de mucho tránsito”.
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