
En 2020, Teodoro Bustamante Sotelo vivía en una casa que había edificado al fondo de un terreno tomado en González Catán. Había armado una familia y andaba libre porque usaba el DNI de uno de sus hermanos mientras era buscado por las autoridades de su país, Paraguay. Pero lo que no sabía era que un drone de Policía Federal lo espió hasta que lo capturaron. Cinco años después sigue en Argentina. Preso.
Teodoro es requerido por Paraguay acusado de violar a la mujer de un militar a fines de 2015 junto a otro hermano suyo, Dionisio, durante un robo. Ahora, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la continuidad en prisión.
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El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, declaró inadmisible un recurso de queja presentado por la defensa y, de ese modo, dejó firme la medida que lo mantiene detenido a la espera del juicio de extradición.
Bustamante Sotelo está acusado en Paraguay de haber participado junto a otras personas en el asalto a una vivienda, donde, además de sustraer pertenencias, habrían abusado sexualmente de la propietaria, esposa de un militar.
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Tras permanecer prófugo durante varios años, fue localizado en Argentina en 2020. Según la investigación, se había instalado en la localidad bonaerense de González Catán, donde construyó una vivienda en el fondo de un terreno tomado y residía junto a su familia. Durante ese tiempo utilizaba la identidad de uno de sus hermanos para evitar ser identificado.
Una vez arrestado en territorio argentino, el acusado se opuso a la extradición y, en paralelo, presentó un pedido de refugio ante la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE). Ese trámite aún no concluyó y mantiene suspendido el procedimiento de extradición hasta que Paraguay remita la información solicitada por las autoridades argentinas.
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El crimen de Dionisio
En su estrategia defensiva, los abogados hicieron referencia al antecedente de su hermano, Dionisio Bustamante Sotelo, quien también había sido requerido por la justicia paraguaya y fue extraditado desde Argentina el 10 de enero de 2020.

Según la hipótesis planteada, Dionisio habría fallecido en una cárcel de Paraguay como consecuencia de torturas, lo que —de acuerdo a la defensa— configuraría un riesgo real de que Teodoro sufriera el mismo destino en caso de ser entregado.
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El planteo se sumó a un pedido de cese de prisión preventiva, al sostener que el acusado llevaba más de tres años privado de libertad sin que se resolviera su situación definitiva. Argumentaron que, de acuerdo a la normativa vigente, ese plazo excedía el límite legal para mantener a una persona detenida de manera preventiva.
Sin embargo, la fiscalía se opuso y enfatizó la gravedad de los delitos atribuidos al reclamado, así como los riesgos procesales vigentes. Además, señaló que el juicio de extradición se encontraba en etapa próxima de realización, por lo que no correspondía disponer la liberación.
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El juez federal Jorge Rodríguez rechazó el pedido de la defensa y subrayó que, a la luz de los antecedentes, existía la posibilidad concreta de que, en caso de recuperar la libertad, Bustamante Sotelo intentara nuevamente eludir a la justicia, como lo había hecho anteriormente.
La decisión fue revisada por la Cámara Federal de Casación Penal, que ratificó el fallo en los mismos términos.
Agotadas esas instancias, la defensa acudió a la Corte Suprema de Justicia con un recurso de queja. En su resolución, los ministros Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti aplicaron el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que permite declarar inadmisibles planteos que no se dirigen contra una sentencia definitiva o que no reúnen los requisitos formales suficientes.
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De esta manera, Bustamante Sotelo continuará detenido en Argentina mientras se define el proceso de extradición solicitado por la justicia paraguaya. La Corte Suprema no ingresó al análisis de fondo de los argumentos sobre la situación carcelaria en el país vecino ni sobre los plazos de la prisión preventiva, al considerar que esas cuestiones no estaban alcanzadas por la instancia extraordinaria.
El caso se mantiene en un compás de espera, condicionado tanto por el avance del pedido de extradición como por la resolución del trámite de refugio iniciado ante la CONARE.
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La resolución de la Corte Suprema cierra la discusión planteada por la defensa respecto de la continuidad de la detención, reafirmando la vigencia de las medidas adoptadas por los tribunales inferiores en el marco del reclamo internacional de extradición formulado por Paraguay.
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