
Luego de tres años, este jueves llegó a juicio un caso de gatillo fácil que tiene como protagonista a un gendarme acusado por el homicidio de un adolescente de 15 años, a quien mató por la espalda luego que el joven rompiera el vidrio de un auto estacionado con la intención de robar.
En este marco, el fiscal Adrián Spelta solicitó ante el Tribunal, integrado por los jueces Gonzalo López Quintana, Carlos Leiva y Lorena Aronne, 23 años de prisión para el efectivo de la fuerza federal.
El hecho en cuestión sucedió en la mañana del 7 de marzo de 2021, en el barrio Roque Sáenz Peña, ubicado al sur de Rosario. Según el alegato de Spelta, alrededor de las 6 de ese día, al regresar de una fiesta, Facundo Verón, de 15 años, junto a un amigo identificado como Alexis O. fueron en bicicleta hasta la calle Buenos Aires al 5.500. Allí se encontraba un vehículo Peugeot 208, propiedad del gendarme Héctor Daniel Rivas.
La acusación señala que los jóvenes rompieron un vidrio del auto, lo que provocó que se active la alarme que alertó al efectivo. Tras dar cuenta de la situación Rivas salió a perseguirlos. Se subió a su auto y en pleno movimiento disparó contra ellos en Sánchez de Bustamante y Salvá. En ese momento no acertó con la puntería pero generó que los adolescentes abandonen sus bicicletas y, asustados, escaparan corriendo en distintas direcciones, informó Rosario 3.
Rivas fue tras Verón y lo alcanzó en Sánchez de Bustamante y Leiva, donde se bajó del auto, apuntó y le disparó por detrás. Tras cometer el crimen, el gendarme recogió la vaina servida y huyó del lugar, relató el fiscal.
En tanto, el abogado defensor, Julio Lovey, planteó que los jóvenes habían intentado robar el auto del efectivo, señaló que la acusación no cuenta con la prueba necesaria para condenarlo, y solicitó al Tribunal la absolución de Rivas por el beneficio de la duda.
El Gobierno presentó un nuevo reglamento de uso de armas para las fuerzas federales
Este jueves el Ministerio de Seguridad oficializó el Reglamento General Para el Empleo de Armas por parte de los miembros de las Fuerzas de Seguridad Federales que establece su uso “cuando resulten ineficaces otros medios no violentos”.
Los efectivos pueden utilizar sus armas en defensa propia o de otras personas, “cuando hubiere peligro inminente de muerte o de lesiones graves”; para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas o ponga en peligro, de cualquier modo, la vida de otras personas; para impedir la fuga de quien represente un peligro inminente para la vida de las personas; y para detener a quien represente una amenaza y oponga resistencia a la autoridad.
A su vez, la Resolución 125/2024, que lleva la firma de Patricia Bullrich, exceptúa al oficial de dar la voz de alto en determinadas circunstancias. Y se estableció que “cuando se haya determinado verosímilmente que el obrar de un integrante de las fuerzas federales haya sido ajustado a este Reglamento y mientras no haya una resolución judicial firme que resuelva lo contrario, las Jefaturas respectivas no deberán adoptar ninguna medida administrativa cautelar ni disciplinaria que implique una restricción al desarrollo de las funciones laborales o de la carrera administrativa de los funcionarios que hayan utilizado las armas”.
En conferencia de prensa, al presentar el nuevo reglamento, la ministra de Seguridad manifestó su respaldo a las agentes a la hora de enfrentarse a los delincuentes: “Esto va a poner fin a la injusticia de hombres y mujeres de las fuerzas. Van a tener la capacidad de actuar sin miedo. Un policía con miedo, puede ser un policía muerto”.
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