Una acción, para muchos común y cotidiana, como tomar el colectivo culminó en tragedia cuando una mujer de 45 años fue atropellada por el transporte público que pretendía abordar. Sucedió en el partido bonaerense de Moreno y la desgraciada situación, tan impactante como evitable, quedó registrada por una cámara de seguridad.
El fatal episodio ocurrió unos minutos antes de las 6 de la mañana del lunes en el cruce de las calles Bongiovanni y De la Quintana, en la localidad de Paso del Rey. La víctima, Roxana Masco, salió a esa hora de su casa, ubicada a menos de dos cuadras de la esquina donde ocurriría la tragedia. Iba a su trabajo y debía abordar el colectivo de la empresa de transporte La Perlita, que cubre el recorrido Nº4 y llega hasta Bongiovanni y el Santito, en Villa Zapiola.
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Las imágenes que capturaron la trágica muerte de la trabajadora muestran a Masco tratando de alcanzar el colectivo con prisa. Se la observa apurar el paso por Bongiovanni y hacerle señas al chofer, que circulaba por De la Quintana.
Antes de llegar a la esquina, el colectivo detuvo su marcha y dos pasajeros descendieron. En ese instante, la mujer cruzó por delante del vehículo que, inmediatamente, arrancó. Al parecer, el conductor no se percató de la presencia de Masco frente a la trompa de la unidad y la arrastró unos metros. La víctima fue golpeada por la parte delantera y cayó debajo de las ruedas. Murió en el acto.
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Poco después, el chofer que conducía el interno 76, identificado como Enrique Javier Hernández, de 51 años, les explicó a los policías que acudieron al lugar que no había visto a Masco en ningún momento. No obstante, fue detenido y trasladado a la comisaría Nº8 de Moreno.
El caso es investigado por la Unidad Funcional de Instrucción Nº10 del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez, a cargo de la fiscal Gabriela Urrutia. Se esperaba para esta tarde que Hernández sea indagado en el marco de una causa caratulada como homicidio culposo.
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El delito por el que acusan al chofer está contemplado en el artículo 84 bis del Código Penal, que establece que “será reprimido con prisión de dos (2) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte”.
La pena podría incrementarse de tres a seis años en casos excepcionales, algunos de los cuales estarían descartados en este caso, según las imágenes del accidente porque no se dio a la fuga, por ejemplo. Pero si el conductor, por estudios toxicológicos, “estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos (500) miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público, o un (1) gramo por litro de sangre en los demás casos”.
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También si se demuestra que el chofer “condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular o cuando se dieren las circunstancias previstas en el artículo 193 bis, o con culpa temeraria”.
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