El hombre que fue detenido por matar a otro de una puñalada en el pecho a metros del Obelisco porteño fue procesado con prisión preventiva. Además, se determinó que el día del hecho tenía 1.85 gramos de alcohol en sangre.
El juez en lo Criminal y Correccional 20, Hugo Fabián Decaria, procesó a Maximiliano José Díaz Gómez, por el “homicidio simple” de Juan David Quipildor y le trabó un embargo por 503.000 pesos.
En la misma resolución, Decaria dispuso el sobreseimiento de Andrea Lorena Cuadros, la mujer que fue detenida el día del hecho junto a Díaz Gómez, al considerar que no tuvo ninguna participación en el homicidio.
El crimen ocurrió el 3 de noviembre a las 9.22 en Carlos Pellegrini 37, en la puerta del Hotel Argentino, y se hizo público este martes tras la viralización de un video de una cámara de seguridad que registró toda la secuencia.
Según lo que pudo reconstruir la Justicia, Díaz Gómez apuñaló a Quipildor con un cuchillo de 25 centímetros de largo, lo que produjo el deceso de la víctima a las 16.40 en el hospital Argerich del barrio de La Boca.

El caso fue investigado por el fiscal de instrucción Pablo Recchini junto a los detectives de la Comisaría Comunal 1D y de la División Homicidios de la Policía de la Ciudad, que a las pocas horas lograron la detención del sospechoso y de la mujer que lo acompañaba.
En el auto de procesamiento, el juez Decaria afirmó que “resulta revelador el contenido de las imágenes remitidas por la División Monitoreo Urbano” y también las de las cámaras de propiedades y comercios de la cuadra que “pudieron reconstruir el derrotero del aquí encausado y el preciso momento de la agresión, como así también lograr su detención y el secuestro del arma utilizada”.
En los videos se observó que a las 9.19 Quipildor caminaba por Carlos Pellegrini hacia Bartolomé Mitre seguido por Díaz Gómez, quien tenía una mano detrás de la cintura.
Unos segundos más tarde, comenzó una discusión entre el acusado y la víctima, hasta que a las 9.20 Díaz Gómez le aplicó a Quipildor una puñalada y se alejó, mientras que la víctima se sacó la remera y se sentó al costado de la entrada del hotel hasta que fue asistido por un policía y más tarde por una ambulancia del SAME.
El magistrado sostuvo en su resolución que “se advierte en el accionar del incuso que habría existido un encono con la víctima”.
Finalmente, la autopsia estableció que la muerte de Quipildor se produjo por una hemorragia interna provocada por una lesión de arma blanca en tórax a nivel vascular y pleuro-pulmonar.
Las cámaras y un empleado de seguridad de la cuadra, que declaró como testigo porque los conocía de la zona, también resultaron clave para ubicar a la pareja sospechosa tras el hecho, cuando dormían debajo de una lona negra en avenida Rivadavia 986.

Al revisar sus pertenencias, se halló una camiseta de River idéntica a la que vestía el autor del hecho en los videos, mientras que en una boca de desagüe de tormenta ubicada en esa vereda se encontró la presunta arma homicida, un cuchillo plateado marca “Hepx”, dentro de su funda plástica negra y con manchas de sangre.
El juez no pudo aún determinar el móvil de la pelea que culminó en el homicidio, ya que ninguno de los dos imputados aceptó declarar al ser indagados.
Sin embargo, en el procesamiento Decaria reveló que Díaz Gómez presentaba una dosis de alcohol en sangre de 1,85.
Pese a ello, el magistrado destacó que por lo que evaluaron los médicos forenses que lo revisaron tras ser detenido, el imputado “se encontraba globalmente orientado, con conciencia de estado y situación”.
Al fundamentar la prisión preventiva, el juez informó que existen riesgos procesales por la pena en expectativa y destacó que Díaz Gómez presenta como antecedentes dos condenas por robo de 2017, ambas en la provincia de Mendoza.
Al argumentar el sobreseimiento y la libertad que dispuso en torno a la otra imputada, el magistrado afirmó que el análisis de los videos permitió concluir que “Cuadros en ningún momento participó en el suceso llevado adelante por Díaz Gómez” y que “en todo momento aquélla mantuvo una distancia prudencial”.
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