El juez Rodolfo Canicoba Corral rechazó el pedido de "probation" de Gustavo Cordera

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"Es una aberración de la ley que si una pendeja de 16 años con la concha caliente quiera coger con vos, vos no te las puedas coger. Hay mujeres que necesitan ser violadas para tener sexo porque son histéricas y sienten culpa por no poder tener sexo libremente".

El juez federal Rodolfo Canicoba Corral rechazó el pedido de suspensión de juicio a prueba presentado por la defensa de Gustavo Cordera en la causa que se le sigue por sus declaraciones denigrantes hacia la mujer durante una charla con estudiantes de periodismo en TEA.

El magistrado recordó que al momento de dictar el procesamiento del músico consideró que sus manifestaciones "posicionan a la mujer en una evidente desigualdad frente al sexo masculino, incitando a someterla a denigrantes situaciones de violencia y discriminación". Sostuvo además que esto está en clara contraposición con la política de Estado que pregona nuestro país.

Asimismo, resaltó lo que había opinado el camarista Leopoldo Bruglia al confirmar el procesamiento de Cordera. En esa oportunidad, el juez afirmó que los dichos del ex líder de la Bersuit "traslucen una actitud irreverente y de desprecio frente a la ley, así como de descrédito con respecto a los derechos y dignidad de mujeres y niñas".

Canicoba Corral consideró que la conducta imputada a Cordera se encuadra dentro del concepto de violencia contra la mujer tal como se encuentra definido en el sistema jurídico. En esas condiciones, sostuvo el magistrado que debe aplicarse el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que sostuvo que la concesión de la "probation" en los casos de violencia contra la mujer es contraria a lo establecido en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer de la que la Argentina es Estado parte.

El juez Canicoba Corral señaló que no correponde en un caso como este conceder el beneficio de la "probation" porque implicaría "no solo un atentado contra la seguridad jurídica, sino también una inconsistencia con los compromisos internacionales asumidos por el Estado nacional". Resaltó además que el ofrecimiento que hizo la defensa de Cordera de medidas reparatorias del daño fuera del territorio argentino hace extremadamente dificultoso el seguimiento y control de las pautas de conductas impuestas al imputado.

El magistrado consideró que la propuesta de los abogados de Cordera presenta serias deficiencias. Sobre el ofrecimiento de la defensa del músico de hacer dos recitales a beneficio, el juez dijo que se hizo sin contar con la fecha de realización ni de las instituciones involucradas. Lo mismo sucede con la pretendida intención de hacer cursos sobre temática de género -afirmó Canicoba Corral- de los que no indicaron la fecha en que se harían ni se acreditó la conformidad e idoneidad de las instituciones propuestas.

Ayer, Cordera ofreció en los Tribunales Federales de Cómodoro Py hacer tareas comunitarias a cambio de suspender el proceso en su contra por incitación a la violencia a raíz de sus dichos sobre que hay mujeres que necesitan ser violadas. Cordera ofreció hacer un curso de género en Uruguay, donde vive actualmente, y dar dos recitales a beneficio en la Ciudad de Buenos Aires.

La petición de Cordera fue al límite pues quedó al borde del juicio oral y público luego de que la Cámara Federal la semana pasada confirmara el procesamiento a raíz de sus dichos. Además del delito de incitación a la violencia colectiva, sobre Cordera pesaba un embargo de $500.000 que en primera instancia le fijó el juez federal Rodolfo Canicoba Corral.

Esta causa se inició por las manifestaciones de Gustavo Cordera de agosto del año pasado durante una charla en TEA frente a estudiantes de periodismo cuando dijo que "hay mujeres que necesitan ser violadas para tener sexo".

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