
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) puso en marcha un proceso de fiscalización y regularización de radares de velocidad que están instalados en las rutas nacionales. Con este ordenamiento se descubrió que hay al menos 152 cinemómetros fijos que operaban sin ningún tipo de autorización para labrar infracciones.
Según pudo saber Infobae, este relevamiento, realizado durante el mes de enero, abarcó más de 40.000 kilómetros de red vial nacional a través de las 39 bases operativas del organismo distribuidas a lo largo del territorio.
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El punto de partida del operativo registraba 526 cinemómetros autorizados para operar en rutas nacionales: 363 equipos fijos y 163 móviles. Del total de radares fijos habilitados, solo 239 fueron encontrados en el lugar para el cual habían sido autorizados.
Los 124 restantes, en cambio, no estaban en el sitio indicado al momento del relevamiento, lo que llevó al organismo a intimar a las jurisdicciones correspondientes para que informen la situación operativa de cada equipo. Si se constata que esos cinemómetros ya no están en funcionamiento, la ANSV dará de baja las autorizaciones.
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Las primeras bajas ya se efectivizaron. El organismo revocó los permisos de 6 radares fijos en Azul, provincia de Buenos Aires; 1 radar móvil en Exaltación de la Cruz, también en Buenos Aires; y 4 radares móviles en Dina Huapi, provincia de Río Negro. A su vez, las jurisdicciones con verificaciones técnicas vencidas también recibieron intimaciones para regularizar su situación, bajo apercibimiento de perder las habilitaciones vigentes.

Más allá de los equipos fuera de lugar, el operativo dejó al descubierto un universo paralelo de dispositivos que funcionaban al margen de la normativa. Los 152 radares fijos no autorizados detectados durante la fiscalización operaban sin habilitación nacional para labrar infracciones en rutas bajo jurisdicción federal. Ante esa situación, la ANSV exigió el cese de utilización de los equipos y el retiro de los dispositivos instalados sin la correspondiente habilitación.
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El marco legal que respalda esta intervención es la Ley Nacional 26.363 y el Decreto Reglamentario 1716/2008, que establecen que ningún radar puede operar en una ruta nacional sin autorización previa del organismo. Esa normativa le otorga a la ANSV la facultad de autorizar, fiscalizar y controlar los sistemas automáticos de constatación de infracciones.
Un reciente fallo de la Corte Suprema reforzó esa posición al ratificar el rol del organismo como autoridad competente en materia de radares sobre rutas nacionales, tras un reclamo del municipio de Darwin, en la provincia patagónica de Río Negro.
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Según indicó la misma ANSV en un comunicado, la iniciativa apunta a ordenar y transparentar el sistema de control automático de velocidad, con el objetivo de garantizar que los dispositivos funcionen de manera técnica y conforme a derecho, y que los controles tengan como finalidad la prevención de siniestros viales. El organismo busca, además, erradicar prácticas irregulares que desnaturalizan el sentido de la fiscalización de velocidad.
Un aspecto que atraviesa todo este proceso es la validez legal de las fotomultas. Para que una infracción de ese tipo sea válida, debe incluir datos precisos sobre el radar utilizado —marca, modelo, número de serie, homologación y calibración vigente— junto con información exacta sobre la infracción: lugar, fecha, hora, velocidad permitida y velocidad registrada, más una imagen clara de la patente del vehículo.
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La infracción también debe identificar al operador habilitado, la autoridad que emitió el acta y el juzgado competente. El control debe estar previamente señalizado y la notificación debe realizarse dentro de los plazos legales establecidos.
Para quienes quieran verificar si un radar está habilitado, la ANSV habilitó una consulta pública en su sitio web oficial, donde es posible comprobar la autorización de cinemómetros fijos y móviles que operan en rutas nacionales.
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