
A finales de noviembre de 2019 el Congreso de la Nación convertía en ley la creación de un sistema único de talles de ropa en todo el país que responda a medidas corporales reales. Fue el resultado de una lucha de casi dos décadas frente a las dificultades de personas de todas las edades para encontrar ropa acorde a su tamaño corporal. Desde entonces, asociaciones de consumidores y organizaciones que promueven la diversidad de los cuerpos pidieron una legislación a nivel nacional que permita salir de la escala de talles únicos o estándar small, medium y large, y facilite el cumplimiento de un sistema de talles unificado por parte de la industria.
Pese al hito legislativo, la reglamentación de la Ley de Talles recién sucedió este miércoles 9 de junio, a más de un año y medio de su sanción en la Cámara de Diputados. Tras su aprobación, fue promulgada pero al poco tiempo sobrevino la pandemia de COVID-19 que imposibilitó a lo largo de 2020 la realización del estudio para determinar las medidas de las y los argentinos.
El presidente Alberto Fernández firmó el Decreto 375/2021 que salió publicado hoy en el Boletín Oficial aprobando la reglamentación de la Ley 27.521 de “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)”.
Dentro del SUNITI se encontrarán también incluidos el calzado y los uniformes de trabajo. La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”.
En efecto, se excluyó: la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de manera personalizada a pedido de las consumidoras y los consumidores; los accesorios de vestir (tales como: corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.
En el marco de las restricciones por la pandemia de COVID-19 que trajo aparejado el auge del comercio virtual, se remarcó que la obligación del cumplimiento de la ley “rige también para los comercializadores y las comercializadoras de indumentaria, nacional o importada, de manera presencial, a distancia o por medios electrónicos”.

La relamentación incluyó que “será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores”.
Con respecto al Estudio Antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales estandarizadas sobre las que se basará el SUNITI, el Gobierno encomendó al Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), su realización dentro del plazo de 240 días, “el cual podrá ser prorrogado por decisión fundada de la autoridad de aplicación”, que en este caso es la Secretaría de Comercio Interior que funciona bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Productivo. Los resultados del estudio serán tomados en cuenta para el inicio del cómputo de los próximos 10 años.
Además la normativa crea un Consejo Técnico Consultivo, cuya función será la de pronunciarse, “sin efecto vinculante”, sobre cuestiones relevantes que le solicite la autoridad de aplicación, en lo referente a la implementación y difusión del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria.
Dicho consejo estará conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales vinculadas a la indumentaria; de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los profesores y las profesoras regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil; un representante del Ministerio de Salud; del INADI; y del INTI. Todos actuarán con carácter “ad honorem”, se indicó.
¿Cuánto más habrá que esperar para que las prendas tengan las medidas reales de los argentinos? A fines del año pasado, ya se hablaba de que había que esperar un año para tener el estudio terminado, analizar los resultados y elaborar la curva de talles. Ese año ya pasó, en su mayoría en pandemia. Y todo indica que -tras la reglamentación- habrá que esperar, al menos, hasta 2022.
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