
En un nuevo paso para regresar a la normalidad previa a la pandemia de coronavirus, el Gobierno nacional adelantó que la cuarentena dejará de ser obligatoria para los argentinos y residentes que se encuentren en el exterior y regresen al país. Para ingresar, sólo bastará que presenten un examen de PCR negativo junto a una Declaración Jurada electrónica.
La medida entrará en vigencia en los próximos días, según adelantaron desde los ministerios de Salud y del Interior. De esta forma, el período de aislamiento obligatorio por dos semanas quedará establecido sólo como condición optativa para los pasos terrestres habilitados.
Tras la publicación del Decreto Presidencia 945/2020, que fijó nuevas normativas de ingreso, las carteras comandadas por Ginés González García y Eduardo ‘Wado’ de Pedro, a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), trabajan en conjunto para ultimar detalles de la próxima resolución.
El nuevo esquema unificará los requisitos exigidos para el ingreso de extranjeros y de argentinos y residentes en las dos vías habilitadas para este fin: el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y la terminal marítima de Buquebús, en la Ciudad de Buenos Aires.

De acuerdo a lo que informaron desde el Poder Ejecutivo, las personas extranjeras que ingresen al territorio nacional deberán presentar además del PCR y la Declaración Jurada, que debe ser completada indefectiblemente dentro de las 48 horas previas al embarque y que se consigne la ausencia de síntomas compatibles al virus, un seguro médico COVID-19, que no opera en el caso de argentinos y residentes.
A su vez, los ciudadanos argentinos y residentes que ingresen al país por los pasos terrestres que se encuentran habilitados podrán optar por presentar el PCR, siempre de una vigencia de hasta 72 horas, o bien cumplir con la cuarentena de 14 días.
En tanto, las compañías aéreas y la empresa de transporte fluvial que operan en el tránsito de argentinos, residentes y extranjeros deberán exigir el cumplimiento de las medidas establecidas previo al embarque de las personas. De no hacerlo correctamente será plausible la aplicación de multas.
Las medidas de seguridad sanitaria obligatorias vigentes en todos los ingresos al país, como el distanciamiento social, la toma de temperatura y la utilización de barbijos, en otras, siguen en plena vigencia.

El gobierno habilitó el ingreso a la Argentina por turismo de nativos y extranjeros a partir del 30 de octubre. Actualmente, están autorizados los arribos provenientes de Chile, Brasil, Bolivia y Paraguay exclusivamente por vía aérea, mientras que los visitantes uruguayos pueden ingresar por vía aérea y fluvial.
Al llegar al aeropuerto de Ezeiza o en la estación fluvial, los turistas deberán someterse a un test de coronavirus antes de continuar su viaje, pero no deberán esperar el resultado en el aeropuerto y solo deberán aislarse en caso de dar positivo o ser contacto estrecho.
La prueba de COVID-19 tendrá un valor de $2.500 para los extranjeros, mientras que para los argentinos que regresen al país y tengan como destino a la Ciudad de Buenos Aires, la misma será puesta a disposición por la cobertura médica que tenga cada uno.
El no cumplimiento de los requisitos, además de la prohibición al ingreso a la Argentina, prevé multas a las compañías aéreas y empresas que permitan el tránsito de personas sin la documentación exigida.
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