Discapacidad: el Gobierno quiere derogar la ley de emergencia y puntos históricos del sistema de prestaciones

Así lo reveló la oposición, tras el envío del Presupuesto 2027. La iniciativa establece que el nomenclador de prestaciones básicas “no incluirá valores universales”, cambia la fórmula de actualización y endurece el acceso del beneficio

Marcha en Congreso - 4 de junio - Jubilados - Garrahan - Discapacidad
Reclamo por recortes en las prestaciones a los discapacitados (AP Photo/Natacha Pisarenko)
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El proyecto de Presupuesto 2027 presentado por el gobierno de Javier Milei impulsa un cambio de fondo en el sistema de prestaciones para personas con discapacidad. La propuesta abarca la derogación de varios artículos de la Ley de Emergencia en Discapacidad, y otros aspectos históricos del régimen que está vigente desde hace más de 30 años.

El corazón de la reforma apunta a modificar el Nomenclador de Prestaciones Básicas, que ya “no incluirá valores universales”, señala la redacción del presupuesto. Es decir, quedaría sin efecto el listado con aranceles de referencia para obras sociales, prepagas y prestadores que ofrecen servicios a las personas con discapacidad.

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El otro punto fundamental es que se propone volver al esquema de pensión por invalidez, por el cual quienes cuenten con un Certificado Único de Discapacidad (CUD) no será garantía de acceso a las prestaciones. Tampoco se podrá percibir este beneficio si alguien cuenta con un empleo registrado.

La motosierra al andamiaje legal se observa en el Capítulo VI del Presupuesto 2027, donde los artículos 36 a 41 sustituyen o derogan aspectos clave de la ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, y modifican en forma permanente las leyes 13.478, que regulan las pensiones no contributivas por invalidez laboral, y la 24.901, que crea el sistema de prestaciones básicas de atención integral a la discapacidad, que rige desde 1997.

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“El nuevo texto elimina dos principios fundamentales. Que los aranceles sean iguales para todas las obras sociales, prepagas y el Estado. Que esos aranceles se actualicen automáticamente mediante el índice de movilidad jubilatoria. Y ahora establecen expresamente que ‘la universalidad no implicará la homogeneidad de aranceles’, expuso el diputado de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro.

Maximiliano Ferraro, diputado nacional por la Coalición Cívica
Maximiliano Ferraro, diputado nacional por la Coalición Cívica

De esta forma, si bien la iniciativa garantiza formalmente “la universalidad de la atención” del sistema de prestaciones, la modificación desregula los aranceles obligatorios y “las modalidades de financiamiento”. Se lo reemplaza por un “piso mínimo prestacional común, definido por estándares de calidad, oportunidad y adecuación de la prestación”. Además, cada obra social o prepaga podrá definir valores y cubrir las terapias que quiera, según se desprende del proyecto en el análisis de la oposición.

“En criollo, eliminan el criterio de arancel único para todo el sistema y reemplazan una regla objetiva por un esquema fragmentado, discrecional e incierto para prestadores y personas con discapacidad”, cuestionó Ferraro desde su cuenta personal de X. “Toda esta crueldad, mientras el sector atraviesa una emergencia reconocida por ley, con instituciones al borde del cierre, prestaciones desactualizadas y miles de familias a la deriva”, apuntó.

Cómo se actualizarán los aranceles

Mientras se otorga mayor discrecionalidad a los prestadores privados, cuando el prestador es público, los aranceles de las prestaciones deberán ser fijados de forma trimestral por la Secretaría Nacional de Discapacidad. Es decir, lo define el Gobierno.

“Si ese ajuste no se realiza dentro del período previsto, el texto dispone que se utilizará como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)”, aclara el texto.

Otro de los puntos que se eliminan es el estudio anual de costos de cada prestación, que permitía incorporar a los aranceles los aumentos de componentes no reflejados en el IPC, que “era uno de los reclamos centrales de las federaciones de prestadores, advierten desde el peronismo”.

Gerardo Huesen (LLA) y Juan Marino (UxP), presidente y vice de la Comisión de Discapacidad
Gerardo Huesen (LLA) y Juan Marino (UxP), presidente y vice de la Comisión de Discapacidad

El diputado nacional Juan Marino, de Unión por la Patria, denunció que el proyecto enviado al Congreso busca “desmantelar la Ley de Emergencia en Discapacidad”, y calificó la maniobra como “ilegal e inconstitucional”. Puntualmente, agregó que, con la “fragmentación del sistema” al disolver los valores únicos en las prestaciones, habrá una “presión a la baja de los aranceles por parte de los grandes financiadores y riesgo para la continuidad de las prestaciones”.

El modelo de “invalidez laboral”

El texto sustituye el artículo 9° de la Ley 13.478, donde faculta al Poder Ejecutivo a otorgar “una pensión inembargable a toda persona sin suficientes recursos, no amparada por un régimen de previsión y mayor de setenta (70) años de edad o imposibilitada para trabajar, según los requisitos establecidos en la reglamentación”.

El cambio, para Marino, reinstaura el modelo de “invalidez laboral” y se abandona “el modelo social de derechos humanos fijado por la Convención y se regresa a un criterio médico anacrónico”.

“​Se elimina por ley el Certificado Único de Discapacidad (CUD) como vía legal y directa de acceso a la pensión. Los requisitos de acceso ya no los define el Congreso: quedan totalmente librados a la discrecionalidad de la reglamentación del Ejecutivo", expuso el legislador desde su cuenta de redes sociales.

Marcha por la emergencia en Discapacidad - Congreso - 20 de agosto
Fotografía: RS Fotos

De la iniciativa, se desprende que queda eliminada la compatibilidad entre la pensión y el empleo registrado o el monotributo hasta dos salarios mínimos. Así lo define el nuevo artículo 37, al establecer que la “Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral será incompatible con poseer un vínculo laboral formal y/o encontrarse inscripto en el régimen general y/o simplificado vigente”.

El proyecto también derogara el artículo 8 de la ley de emergencia en discapacidad, que garantizaba la cobertura médica obligatoria para titulares de pensiones no contributivas. Otro cambio es el bloqueo al traspaso automático de beneficios preexistentes, al derogarse el art. 9º de la Ley 27.793, impidiendo que quienes ya cobran una pensión pasen de oficio al nuevo esquema de protección social con todas sus garantías.

El artículo 38, además, quita las restricciones que impedían financiar estos programas con recortes a otras partidas de servicios sociales, según el análisis de Marino.

El debate en la Cámara de Diputados

La Cámara baja tenía previsto retomar hoy el debate sobre los proyectos para prorrogar la emergencia en discapacidad hoy a las 12.00, en un plenario informativo de las comisiones de Discapacidad y de Presupuesto y Hacienda.

El cronograma fue aprobado con 249 votos durante la última sesión. Entre los temas figuraban la paralización en el otorgamiento de pensiones no contributivas por invalidez laboral, el atraso en los pagos, el congelamiento de aranceles y el cierre de centros de día.

Lo cierto es que los cambios en el Presupuesto 2027 impactan en esta agenda legislativa. Desde la oposición se preparan para confrontar, y ponen en un lugar incómodo a los aliados. El diputado nacional Esteban Paulón, de Santa Fe, recordó que el proyecto apareció luego de que La Libertad Avanza promoviera, junto con aliados, una iniciativa propia para tratar la emergencia en discapacidad. “Es regresivo y supone la desaparición de las prestaciones universales”, concluyó.

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