
A poco más de un mes de que el Gobierno nacional dispusiera el cierre de más de 600 servicios ofrecidos por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín resolvió suspender parcialmente la aplicación plasmada en la Resolución N° 42/2026.
El freno judicial fue producto de que el juez subrogante Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto fallara a favor de la medida cautelar presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) para evitar que se ejecutaran las órdenes plasmadas en el Boletín Oficial.
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Según consta en el fallo, el magistrado ordenó al INTI abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo, incluyendo la cesación, transferencia o modificación sistematizada de funciones y la prohibición de movimientos de inventario con fines de reubicación, transferencia o disposición del equipamiento técnico.
Uno de los puntos claves de la resolución judicial sostuvo que los empleados del instituto no podrán ser desvinculados de sus puestos. De esta manera, el Gobierno se vio obligado a garantizar la “ocupación efectiva de todos los agentes cuyas funciones resultan afectadas, con mantenimiento pleno de sus categorías, remuneraciones y condiciones vigentes al 14 de abril de 2026″.
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En línea con esto, el juez subrogante del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín dispuso la continuidad de los programas de asistencia técnica, ensayos, certificaciones y transferencia tecnológica bajo la órbita estatal del organismo.
El giro en la causa fue confirmado por el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, quien celebró la decisión a través de la red social X. “La Justicia falla a favor de ATE y frena los despidos masivos en el INTI. También impide el desmantelamiento del organismo: un histórico triunfo para los estatales”, destacó en un comunicado.
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“La Justicia ordenó a las autoridades del INTI a dar marcha atrás con la Resolución 42/26, impidiendo cualquier tipo de cesación, transferencia o modificación de funciones y exigiendo la garantía de ocupación efectiva de todos los trabajadores con mantenimiento pleno de sus categorías y remuneraciones”, explicó el dirigente sindical.
En este sentido, el representante de ATE consideró que “la cautelar firmada por el juez Tezanos Pinto del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín es un avance significativo en la lucha contra los despidos ilegales y el desguace estatal”. Y concluyó: “Lo dijimos mil veces: no se puede gobernar al margen de la ley y contra la Constitución Nacional”.
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La Resolución 42/2026, publicada el 16 de abril de este año, ordenaba el cierre de más de 600 servicios brindados por el INTI. Según el argumento ofrecido por las autoridades, la decisión había sido tomada con el objetivo de asegurar la eficiencia estatal y, sobre todo, la asignación de fondos públicos.
Qué implicaba la aplicación de la resolución
El documento publicado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) establecía un proceso de transición ordenada para la supresión inmediata de ciertos servicios sistematizados, tras determinar que su prestación estatal carece de demanda efectiva o se superpone con ofertas del sector privado en condiciones regulares de mercado.
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De esta forma, todos los convenios, órdenes de trabajo y compromisos contractuales vigentes serán respetados y finalizados conforme a lo estipulado previamente. Así, se garantizaba la continuidad para los usuarios actuales y la protección de sus derechos.
Fue así que se designó a la Dirección Operativa para diseñar un plan de transición integral, que pretendía incluir la finalización organizada de los servicios discontinuados, el resguardo y organización de la documentación y registros técnicos, la notificación formal a usuarios y organismos vinculados, y la preservación de capacidades consideradas críticas.
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Según los fundamentos expuestos por el Consejo Directivo del INTI en la resolución oficial, la medida no implica una reducción del rol institucional de la entidad, sino una redistribución hacia áreas en las que la intervención estatal resulta indispensable.
En línea con esto, remarcaron que la decisión formaba parte de una política de simplificación y mejora regulatoria que acompaña los lineamientos nacionales en materia de transparencia, competencia leal y estímulo al crecimiento económico y la inversión en el sector productivo local.
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En el proceso participaron áreas técnicas como la Gerencia Operativa de Asuntos Legales y la Dirección Administrativa, que validaron la medida al no encontrar objeciones jurídicas ni operativas a la adecuación propuesta. Asimismo, aclararon que estos actos no representaban ninguna erogación presupuestaria adicional derivada de la reorganización, reflejando una orientación de austeridad y responsabilidad fiscal.
Por último, habían dispuesto que la cesación de los servicios alcanzados fuera inmediata tras la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina. Mientras que el equipo directivo responsable del proceso está conformado por Juan Pablo Intelisano, Ezequiel Capelli y Miguel Ángel Romero, la Dirección de Planeamiento y Comercialización había sido facultada para adaptar la oferta tecnológica del INTI bajo los nuevos criterios.
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