
Luego de que la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, anunciara que los deudores alimentarios ya no podrán ingresar a las canchas, la modificación en el programa Tribuna Segura se oficializó esta madrugada en el Boletín Oficial. De esta manera, se amplió el universo de personas que podrán ser excluidas de los eventos deportivos en todo el país.
Por medio de la publicación de la Resolución N° 429/2026, las autoridades determinaron que quienes figuren en el Registro Público de Alimentantes Morosos también serán alcanzados por las restricciones de ingreso a estadios. Así, la medida quedó establecida tras la actualización del artículo 2° de la Resolución 354/2017, al que se le incorporaron 4 incisos.
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“Si existiera a su respecto una medida judicial o administrativa que estipulare la restricción de ingreso a estadios deportivos por encontrarse inscripto en un Registro Público de Alimentantes Morosos, o su equivalente, de conformidad con la normativa local”, dispone el inciso h.
Hasta la fecha, el programa Tribuna Segura excluía principalmente a quienes tuvieran antecedentes vinculados con delitos en el contexto de eventos deportivos, conductas violentas y contravenciones relacionadas con los espectáculos. No obstante, las autoridades consideraron que la ampliación del alcance del programa ayudaría a “fortalecer su eficacia también como herramienta de cumplimiento de la obligación alimentaria”.
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Según una publicación que realizó la ministra de Seguridad Nacional en la red social X, la modificación fue producto de un trabajo conjunto entre Nación y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. “El que no cumple con sus hijos, afuera de las canchas. Más controles y reglas claras”, sostuvo.
Por otro lado, la actualización de la normativa también ratificó la exclusión de individuos violentos. De acuerdo con el inciso e, ahora también serán excluidas aquellas personas que hubieran presentado “conductas violentas contra las personas o las cosas o que afectaren la seguridad, el tránsito vehicular o el orden público”.
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En línea con esto, aclararon que se tendrá en cuenta todo tipo de naturaleza, es decir, sin importar que el acto hubiera sido cometido de forma individual o colectiva, en lugares abiertos al público o la vía pública, y si la persona señalada iba a pie o desplazándose en un vehículo.
En el caso del inciso f, las autoridades señalaron que ahora también se tendrá en cuenta a quienes hubieran incurrido en “conductas o prácticas violentas, en su traslado desde o hacia un estadio deportivo, en ocasión de un espectáculo futbolístico”. Incluso, se podrá prohibir el ingreso a quien “alterare el orden público o utilizare servicios de transporte de pasajeros no registrados o habilitados por la autoridad competente”.
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La actualización también alcanzará a aquellas personas que estuvieran imputadas, procesadas o condenadas por delitos incluidos en la Ley de Narcotráfico N° 23.737. Asimismo, aclararon que estos deberían haber sido cometidos en contextos futbolísticos.
Por último, la cartera que encabeza Monteoliva remarcó en el Boletín Oficial que la resolución entra en vigencia de manera inmediata, por lo que la nueva disposición ya se encuentra operativa para los próximos encuentros deportivos en el país.
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De esta forma, la modificación buscará profundizar la política de prevención y seguridad en los espectáculos, a la vez que incentiva el cumplimiento de las obligaciones parentales a través de herramientas administrativas.
Incluso, consideraron que la medida implicaría un alineamiento con las políticas restrictivas puestas ya en funcionamiento en otras provincias como, por ejemplo, Salta. Asimismo, argumentaron la decisión al mencionar que “existen otros registros públicos de alimentantes morosos en diversas jurisdicciones del país que producen similares medidas”.
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