
El Ministerio de Seguridad Nacional prohibió el acceso a todos los eventos deportivos del país a un hombre que durante un partido de fútbol amateur en Santa Fe, golpeó a uno de los jugadores.
La medida regirá durante un año desde la entrada en vigencia de la resolución 435/2026, publicada hoy en Boletín Oficial, para Nicanor Jesús Franconi por el hecho ocurrido en la localidad de Franck el 11 de abril pasado durante el segundo tiempo de un encuentro de la Liga Regional Esperancina.
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Los equipos enfrentados eran el Club Atlético Franck y el Club Social y Deportivo Argentino del mismo lugar. Tras la conversión de un gol del primero de los equipos, Franconi, que se encontraba en el banco de suplentes del equipo visitante, se acercó al futbolista que había pateado y le propinó un golpe de puño en la mejilla, lo que le provocó un corte que requirió sutura en el nosocomio local.
La decisión se encuadró en el programa Tribuna Segura, que habilta a la cartera que conduce Alejandra Monteoliva a aplicar restricciones administrativas de concurrencia a estadios a personas que representen un riesgo para el orden público en espectáculos futbolísticos.
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La agresión desencadenó una situación de violencia generalizada que se extendió más allá de los jugadores. A los enfrentamientos se sumaron los cuerpos técnicos de ambos equipos y posterirmente la hinchada. El personal policial de la Comisaría Cuarta de Franck, perteneciente a la UR XI - Las Colonias de la Policía de Santa Fe, debió intervenir para controlar la situación.
La solicitud de restricción fue presentada por la Dirección Provincial de Seguridad en Eventos Masivos del Ministerio de Justicia y Seguridad de Santa Fe ante la Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos del Ministerio de Seguridad Nacional. El informe elaborado por la Comisaría Cuarta de la ciudad, que documentó el operativo de seguridad y reconstruyó cronológicamente los hechos, sirvió de base para la resolución.
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El marco legal de la medida se apoya en el Decreto N° 246/17, reglamentario de la Ley N° 20.655, que delega en Seguridad Nacional la facultad de establecer restricciones de concurrencia a espectáculos futbolísticos para personas que puedan comprometer la seguridad pública, y en la Resolución MS N° 354/17, que instituyó las medidas de prevención de hechos de agresión y violencia en estadios. La prohibición rige desde la fecha de su dictado y alcanza a todo el territorio nacional.
Dos semanas atrás, el Ministerio de Seguridad había emitido una resolución que aplica la misma restricción a 23 hinchas.
El grueso de las sanciones recayó sobre las personas vinculadas a un incidente ocurrido el 7 de abril de 2026 durante la Copa Conmebol Libertadores, en el partido disputado en el estadio Malvinas Argentinas entre el Club Sportivo Independiente Rivadavia y el Club Bolívar. Según consta en la resolución, los involucrados participaron de la toma de un colectivo público mediante amenazas, lo que forzó la desviación de su recorrido hacia el estadio. El hecho fue detectado por la Policía provincial, que procedió al traslado e identificación de los responsables.
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Las restricciones oficializadas van de 24 a 36 meses y abarcan a hinchas de diferentes clubes. La causa se tramita bajo el expediente N° 37132/26 en la Oficina Fiscal N° 2 de Guaymallén, donde los imputados enfrentan cargos por el delito de coacción. Para la mayoría de los sancionados, la prohibición se extiende por 24 meses, salvo para uno de ellos que ya contaba con una restricción previa y por esa razón su impedimento de acceso a recintos deportivos se amplió a 36 meses.
Las medidas se encuadran en los artículos 2° y 3° de la resolución MS N° 354/17y sus modificaciones, en función del Decreto N° 246/17, reglamentario de la Ley N° 20.655, que faculta al Ministerio de Seguridad Nacional a imponer restricciones de concurrencia a espectáculos futbolísticos para personas consideradas un riesgo para la seguridad pública.
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