
El proyecto de reforma laboral que el oficialismo logró aprobar en el Senado había pasado casi desapercibido en uno de sus aspectos: la reducción sustancial de los plazos de las licencias pagas y la redefinición del porcentaje salarial que percibirán los trabajadores ante enfermedades o accidentes no vinculados al trabajo.
En el bloque legislativo de La Libertad Avanza reconocen que ese apartado había pasado “por debajo del radar” hasta el mismo día de la sesión en el Senado. Pero señalan que el tema cobró relevancia la mañana siguiente a la media sanción, cuando el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, brindó un ejemplo para explicar el alcance de la medida.
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“Si te lastimaste jugando al fútbol, es decir, en una situación en la que tomaste una acción activa y el empleador no tuvo nada que ver, y quedaste temporalmente incapacitado para trabajar, en ese caso la cobertura es del 50%”, indicó. “La idea es que esto también apunta a reducir las licencias que se volvían prácticamente eternas, porque en la práctica no implicaban ningún costo para la parte que ingresaba en ese esquema”, agregó.
Dos miembros del Poder Ejecutivo reconocieron que ese ejemplo catapultó el tema de discusión a la agenda pública. “Se mandó una de más, como siempre”, afirmó una fuente del bloque de La Libertad Avanza a Infobae.
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“Eso fue lo que calentó, como cada vez que sale a hablar Sturzenegger”, comentó un miembro del oficialismo. La molestia dentro del Gobierno no se debe al contenido del ejemplo, con el que están de acuerdo, sino a que no era el momento de instalar esa cuestión en la agenda pública.

Los especialistas en comunicación ya analizan cómo revertir la carga negativa que tuvo ese caso en los medios y en las redes. El Gobierno cuenta con más de una semana antes de que se trate esta cuestión en una sesión en el recinto, y La Libertad Avanza debe conseguir adhesiones en la Cámara de Diputados para que el proyecto remitido desde el Senado no sufra modificaciones.
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Si se rechaza o modifica un solo título del proyecto, el oficialismo debe devolverlo a la Cámara alta, lo que demoraría la sanción definitiva de toda la reforma. Milei ya firmó el decreto para extender un día más el período de sesiones extraordinarias para que la reforma laboral pueda tener sanción el 28 de febrero, un día antes de la Apertura de Sesiones Ordinarias en la que hablará Javier Milei.
El temor en el oficialismo es que la discusión que se generó sobre este punto desincentive a actores de la oposición dialoguista para avalar ese apartado. Una alta fuente reconoció a Infobae su preocupación por no poder conseguir los votos necesarios para ratificar ese punto.
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Tras la media sanción de la reforma, el oficialismo afirmaba tener asegurados los votos para la aprobación en general y altas posibilidades para las votaciones en particular. Actualmente, esto no está garantizado: el primer bloque que expresó su desacuerdo fue el PRO, al pedir que se reincorpore el artículo que permite recibir el sueldo a través de una billetera virtual.
El bloque de Provincias Unidas mantiene serias diferencias con más aspectos del proyecto. “Vamos a marcar diferencias en el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), en el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). Con lo de las licencias por enfermedad no hay fisuras, nos oponemos”, remarcó uno de sus integrantes, informando que solo hay apoyo de ese bloque en 9 de los 26 títulos.
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Las críticas sobre la modificación de las licencias surgen por lo que podría ocurrir en casos de enfermedades más graves y que no necesariamente tengan vínculo directo con el desempeño en el lugar de trabajo. Además, se discute si esto traerá mayor judicialización o no, un aspecto que el proyecto busca reducir. El abogado laboralista Julián de Diego afirmó a Infobae En Vivo que la reforma provocará una mayor cantidad de conflictos legales en las empresas.
Qué dice la modificación de las licencias por enfermedad
Las nuevas reglas establecen límites de entre 3 y 6 meses para las licencias pagas, según si el trabajador tiene personas a cargo, y reducen los porcentajes de sueldo abonados durante la baja.
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El texto prevé que, cuando la imposibilidad de trabajar derive de una actividad voluntaria y consciente que implicara un riesgo para la salud, el empleado percibirá el 50% de su remuneración básica. Este período será de 3 meses si no tiene cargas de familia y de 6 meses si las tuviera. Para situaciones donde no hubo voluntad ni conciencia del riesgo, el porcentaje de pago sube al 75%, manteniendo el mismo plazo de licencia.
Estas modificaciones resultaron de extensas negociaciones entre el Gobierno y las empresas. En el esquema vigente, un trabajador con menos de 5 años de antigüedad y sin cargas de familia accede a una licencia paga de 3 meses, y de 6 meses si tiene cargas de familia. Si la antigüedad supera los 5 años, actualmente la licencia por enfermedad o accidente es de 6 o 12 meses según el grupo familiar, y se paga el 100% del sueldo. La reforma elimina la extensión a 12 meses y el pago total, limitando la licencia a un máximo de 6 meses y ajustando el porcentaje abonado.
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Estas disposiciones también abarcan los accidentes o enfermedades psiquiátricas originadas fuera del trabajo y obligan al trabajador a informar de inmediato cualquier imposibilidad para asistir al primer día laboral por enfermedad o accidente, salvo motivos de fuerza mayor. Si el aviso no se realiza y no se comprueba la causa posteriormente, se pierde el derecho a la remuneración.
Las inasistencias deberán justificarse mediante certificados médicos emitidos y firmados digitalmente por profesionales habilitados. El trabajador deberá someterse a controles médicos designados por el empleador; si existiera una discrepancia insalvable entre diagnósticos, la ley prevé la intervención de una junta médica en entidad oficial o la solicitud de un dictamen en institutos reconocidos, cuyo costo asumirá el empleador.
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Respecto a la recidiva de enfermedades crónicas, la reforma aclara que no serán consideradas nuevas enfermedades, salvo que la reaparición ocurra después de 2 años desde el primer episodio. La normativa también establece que la suspensión del trabajador por motivos económicos o disciplinarios no afecta el derecho a cobrar la remuneración parcial correspondiente a la licencia paga por enfermedad o accidente.
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