
La posibilidad de reimprimir todas las boletas electorales en la provincia de Buenos Aires fue descartada por el fiscal federal Ramiro González, que avaló el rechazo de la Junta Electoral Nacional y resaltó que la cuestión quedará definida por la Cámara Nacional Electoral. La propuesta de La Libertad Avanza buscaba modificar las boletas debido a que en ellas aún figura la imagen de José Luis Espert, pero la viabilidad técnica y los plazos fueron desestimados.
El análisis del fiscal González. que tiene competencia electoral, se apoyó en los informes técnicos del Correo Argentino y de la Dirección Nacional Electoral, organismos que expusieron los procedimientos realizados: verificación de calidad, numeración, encuadernado, cortes y los pasos previos a la entrega—escaneo, encintado, control final y armado de bolsines. González concluyó que “no existe margen temporal suficiente para imprimir y distribuir un nuevo instrumento de votación antes del día fijado para la elección”, según el dictamen al que accedió Infobae.
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En su dictamen, González remarcó que “la reimpresión de la Boleta Única Papel para el distrito traslada la posible confusión de una agrupación al riesgo para el acto electoral mismo conforme dispone la ley”. Además, señaló que el 11 de octubre era la fecha límite para enviar los archivos a imprenta y que la reciente confirmación de la lista de candidatos de la Alianza La Libertad Avanza impidió realizar la prueba ni aprobar el modelo definitivo bajo lo que manda la ley. “Ordenar una nueva impresión de los talonarios de boletas sería, cuanto menos, inoficioso e ineficaz aun en el marco de las previsiones de los recurrentes”, estableció González.

En el texto, el fiscal repasó casos anteriores en que el Ministerio Público Fiscal y la Cámara Nacional Electoral intervinieron para evitar confusiones ideológicas o materiales relacionadas con las boletas. Mencionó recursos sobre colores de agrupaciones, cambios de nombres y la inclusión de apodos, citando que “el empeño de los actores del fuero electoral permitió, en tiempo oportuno, analizar y resolver reclamos de todas las fuerzas políticas, siempre priorizando el voto libre e informado”.
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Para el fiscal, la coyuntura actual presenta obstáculos insalvables. Argumentó: “Retrotraer el avanzado cronograma electoral a instancias técnicamente superadas para evitar una probable confusión de la oferta de una agrupación resulta extremadamente complejo. Cuando lo que está en juego es la propia realización de la elección, la conclusión es forzosa”. González resaltó la labor de los técnicos de la Secretaría Electoral, quienes según describió “conocen el terreno y las dificultades de una tarea de esta magnitud, que es fácticamente imposible de resolver a tiempo”.
El dictamen también citó antecedentes donde la Cámara Nacional Electoral reconoció la imposibilidad material de reeditar boletas, avalando el uso de instrumentos y votos ya impresos para La Libertad Avanza incluso en situaciones donde no coincidían con la lista oficializada. El caso de Santiago del Estero fue uno de los ejemplos, donde, tras una decisión de la Corte Suprema, la urgencia operativa derivó en admitir las boletas ya existentes.
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La opinión del fiscal federal ante la Cámara Nacional Electoral dejó expreso: “Resulta imposible, fundamentalmente en términos fácticos, cumplir con el procedimiento legal para oficializar y distribuir nuevas boletas, sin poner en riesgo la emisión del voto ciudadano el 26 de octubre”.
Ayer, la Cámara Nacional Electoral (CNE), presidida por Daniel Bejas, devolvió la apelación presentada por La Libertad Avanza (LLA) a la Junta Electoral Nacional Distrito Buenos Aires, al considerar que no se había solicitado la opinión de las demás fuerzas políticas involucradas, un paso considerado esencial para garantizar el derecho de defensa y el principio de bilateralidad.
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La decisión de la Cámara Nacional Electoral se dio un rato después del fallo que habilitó a que Diego Santilli sea quien encabece la lista de candidatos de diputados de La Libertad Avanza en territorio bonaerense. El tribunal revocó un fallo de primera instancia que había dispuesto que sea Karen Reichardt quien reemplace a José Luis Espert, que renunció en medio del escándalo por sus vínculos con un empresario condenado por narcotráfico.
En el escrito al que accedió Infobae, Bejas fundamentó la devolución de la apelación señalando que “el presente caso constituye una cuestión de orden público, toda vez que para su tratamiento en la instancia anterior se trabó un proceso contencioso al cual quedaron integradas —como partes— las agrupaciones políticas del distrito que participan del proceso electoral en curso, corresponde sustanciar el recurso de apelación concedido, en resguardo del principio de bilateralidad y para asegurar el derecho de defensa”.
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La controversia se originó cuando la Junta Electoral rechazó el pedido de LLA para reimprimir las boletas, argumentando que, además de la “imposibilidad material y temporal”, la solicitud resultaba “jurídicamente improcedente, en tanto contradice el régimen de plazos, etapas y competencias establecido por el Código Electoral Nacional, las acordadas de la Cámara Nacional Electoral y la doctrina reiterada de ese Tribunal en materia de orden público electoral”. La Junta también advirtió que la reimpresión implicaría un gasto superior a 12.100 millones de pesos, no contemplado en el presupuesto, lo que supondría un uso extraordinario de recursos públicos.
La Junta Electoral había sido enfática al señalar que el Código Electoral establece reglas precisas para todas las etapas del proceso —presentación, aprobación, impresión, control y distribución de boletas— y que modificar esos plazos en este momento representaría “un riesgo institucional”.
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No obstante, los apoderados de LLA argumentaron que la disponibilidad de las boletas ya impresas garantiza la realización de los comicios ante cualquier eventualidad, y que corresponde a la Justicia Electoral asegurar que el derecho al voto se ejerza en condiciones óptimas de información, imparcialidad y libertad. Según su planteo, “el fin último perseguido por la normativa electoral es asegurar la expresión genuina de la voluntad del pueblo a través del cuerpo electoral”.
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