
El próximo 26 de octubre, Argentina vivirá una nueva jornada electoral. Los ciudadanos elegirán diputados y senadores. Se renovará la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado. Además, trece provincias seleccionarán a sus mandatarios locales. Esta elección representa un cambio significativo al incorporar, por primera vez, la Boleta Única de Papel (BUP) a nivel nacional, un sistema que busca mayor transparencia y agilidad en el proceso.
Las 24 bancas que se renuevan en el Senado corresponden a las provincias de Río Negro, Salta, Neuquén, Tierra del Fuego, Santiago del Estero, Entre Ríos, Chaco y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por otro lado, todas las provincias eligen diputados. La cantidad de bancas asignadas a cada una se establece de acuerdo a un esquema de asignación establecido según el caudal poblacional de cada distrito.
Cómo sigue el calendario electoral 2025
- 26 de octubre: Elecciones generales. Cuarto domingo de octubre inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos.
- 28 de octubre: Inicio del escrutinio definitivo. 48 horas siguientes de las elecciones generales.
- 25 de diciembre: Fin del plazo para justificar la NO emisión del voto en las elecciones generales. 60 días después de las elecciones generales.

Dónde voto el 26 de octubre
Quienes deseen verificar la escuela, mesa y número de orden para sufragar, deben ingresar al el sitio web de la Cámara Nacional Electoral. Se debe completar el número de DNI, seleccionar el sexo tal como figura en el Documento Nacional de Identidad, y elegir la provincia correspondiente. La página le brindará la información necesaria para ejercer el voto.
En caso de no figurar se puede realizar el reclamo ante la Cámara Nacional Electoral desde padron.gob.ar. En el mismo sitio web se pueden confirmar cambios de escuela o mesa. Además, consultar accesibilidad y descargar la constancia.
Quiénes pueden votar
De acuerdo a la Ley de Ciudadanía Argentina (26.774), comúnmente conocida como “Ley de Voto Joven”, pueden sufragar en estas elecciones los ciudadanos argentinos mayores de 16 años con residencia permanente en el distrito correspondiente. Además, los naturalizados desde los 18 años. También los extranjeros residentes que cumplan con los requisitos legales.
No están incluidos en el padrón electoral los siguientes grupos de ciudadanos:
- Los dementes declarados tales en juicio.
- Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena.
- Los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de reincidencia, por seis.
- Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción.
- Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción.
- Los inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos.
- Los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.

Asimismo, están exceptuados a sufragar los jueces y auxiliares en funciones durante la jornada electoral, personas mayores de 70 años, cuyo voto es optativo, electores a más de 500 kilómetros de su lugar de votación, ciudadanos imposibilitados por enfermedad o fuerza mayor, y trabajadores de servicios esenciales.
Cabe destacar que los ciudadanos que figuren en el padrón electoral están habilitados para votar en las elecciones del 26 de octubre, aunque se hayan ausentado en las elecciones provinciales que se realizaron.
Además de figurar en el padrón electoral, para emitir el voto el 26 de octubre, los ciudadanos deben presentar en los centros de votación el documento cívico personal que acredite su identidad frente a las autoridades de mesa.

Documentos válidos para sufragar
Los documentos válidos para votar en las próximas elecciones legislativas nacionales son:
- Libreta de enrolamiento/libreta cívica
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- Tarjeta del DNI libreta celeste
- DNI tarjeta
No se permite el uso del DNI en el celular ni de un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral, aunque sí los electores podrán sufragar si presentan una versión posterior al documento registrado en la nómina oficial.
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