El Gobierno oficializó la implementación del Servicio Militar Voluntario

Las autoridades nacionales establecieron los nuevos requisitos educativos, procedimientos de ingreso y condiciones para la permanencia en las Fuerzas

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El Gobierno modificó el régimen
El Gobierno modificó el régimen del Servicio Militar Voluntario

Luego de que el Gobierno decidiera avanzar con una serie de modificaciones en el Servicio Militar Voluntario, un programa que en rigor existe desde hace décadas, el Poder Ejecutivo hizo efectivas las actualizaciones integrales del régimen del mediante el Decreto 372/2025.

La medida, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial con firma por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Defensa Luis Petri, introduce cambios en la reglamentación de la Ley 24.429 y afecta a todos los ciudadanos que deseen incorporarse a las Fuerzas Armadas bajo la modalidad voluntaria. De igual forma, ya había sido anunciada por le vocero presidencial, Manuel Adorni, la semana pasada.

El decreto establece como principal novedad la obligatoriedad de finalizar la educación secundaria para los soldados voluntarios que ingresen sin haber completado ese nivel. Además, refuerza la capacitación en oficios y la certificación de competencias laborales con validez nacional, tanto para quienes continúen la carrera militar como para quienes se inserten en el mercado laboral civil tras su paso por las fuerzas.

La decisión responde a la necesidad de adaptar el régimen del Servicio Militar Voluntario a las demandas operativas actuales de las Fuerzas Armadas y a los cambios en la política de defensa y educación.

El decreto afecta a los futuros y actuales soldados voluntarios, así como a las autoridades militares encargadas de su formación y administración.

Nuevos requisitos y procedimientos de ingreso

Nuevos requisitos y procedimientos de
Nuevos requisitos y procedimientos de ingreso al Servicio Militar Voluntario

El decreto sustituye varios artículos clave de la reglamentación anterior. El artículo 3° establece que la cantidad de personal de tropa voluntaria a incorporar será determinada por cada fuerza armada según los requerimientos identificados en el planeamiento para la defensa nacional. El proceso de inscripción y verificación de requisitos quedará a cargo de cada fuerza, en función de sus necesidades.

En cuanto a los requisitos de ingreso, el nuevo artículo 8° exige acreditar la finalización de la educación primaria y aprobar un examen psicofísico. Además, los aspirantes deberán aprobar un curso de admisión de entre 10 y 12 semanas, tras el cual serán dados de alta “en comisión” como Soldados Voluntarios de Segunda por un período máximo de dos años.

Las condiciones para la permanencia
Las condiciones para la permanencia y renovación del servicio

El artículo 4° del decreto establece que los soldados voluntarios deberán finalizar el nivel secundario, en cumplimiento del artículo 29 de la Ley de Educación Nacional 26.206. Para ello, el Ministerio de Defensa elaborará un plan de estudios que será remitido a la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano para su aprobación. La participación en este plan no afectará las actividades del servicio militar.

Además, el decreto refuerza la política de certificación en oficios. El artículo 9° dispone que, al producirse la baja, el Ministerio de Defensa y la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social entregarán un certificado de oficios y competencias con validez oficial en todo el país, incluso si el voluntario no completó la secundaria.

Etas capacitaciones técnicas “guardarán relación directa con las necesidades del servicio”, tal como indica el texto.

Solo en casos excepcionales, cuando el soldado voluntario haya tenido un desempeño destacado y acredite avances comprobables en los estudios secundarios, una Junta de Calificaciones podrá recomendar hasta dos renovaciones de dos años cada una. Si al cabo de seis años no se completó la instrucción escolar mínima obligatoria, el soldado será dado de baja y pasará a la reserva.

Se excluye del Servicio Militar
Se excluye del Servicio Militar Voluntario a quienes tengan antecedentes penales o policiales

A su vez, de acuerdo con el artículo 16 de la normativa, se excluye del Servicio Militar Voluntario a quienes tengan antecedentes penales o policiales que representen un riesgo para la sociedad, así como a quienes hayan sido dados de baja por razones disciplinarias de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad Federales, Fuerzas Policiales Provinciales o Servicios Penitenciarios Provinciales.

El decreto argumenta que la actualización del régimen busca contar con soldados voluntarios “altamente calificados, instruidos y preparados, de acuerdo a las necesidades operacionales actuales de las Fuerzas Armadas”.

Los fundamentos y objetivos de
Los fundamentos y objetivos de la reforma del Servicio Militar Voluntario

También apunta a mejorar la inserción laboral de los exsoldados, al garantizar la finalización de la educación secundaria y la certificación en oficios.

El texto destaca la importancia de la capacitación para el cumplimiento de misiones subsidiarias, como la asistencia humanitaria ante emergencias y desastres. “La ampliación de la instrucción militar debería incluir la capacitación para el cumplimiento de las misiones subsidiarias asignadas a las Fuerzas Armadas, brindando el apoyo necesario a la comunidad con ayuda y asistencia humanitaria ante situaciones de emergencias y desastres”, señala el decreto.

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