
El Tribunal Oral Federal de General Roca condenó con penas en suspenso a integrantes de la comunidad Lafken Winkul Mapu, que usurpó tierras públicas y propiedades privadas en Villa Mascardi, a quienes los consideró responsables de los delitos de usurpación por despojo.
La Fiscalía Federal y las querellas, tanto de Parques Nacionales como de los privados, habían solicitado penas de cumplimiento efectivo para los acusados.
El juez Alejandro Silva, además, rechazó el planteo del organismo nacional de retirar el “rewe”, una escultura de madera que instalaron los mapuches durante la usurpación.
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El Tribunal fijó penas que van desde 1 año hasta 2 años y seis meses de prisión en suspenso.
Uno de los integrantes condenados de la comunidad Lafken Winkul Mapu es Matías Santana, conocido como el “mapuche de los binoculares” por el testimonio irreal que brindó durante la desaparición del activista fallecido Santiago Maldonado (dijo que con sus binoculares había visto cómo Gendarmería trasladaba al activista). El Juez ordenó la inmediata liberación de Santana, que cumplía reclusión domiciliaria, y le unificó las penas por otros delitos anteriores, fijándole tres años de prisión en suspenso.
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Los otros integrantes del grupo son Luciana Jaramillo y Romina Rosas, condenadas a 2 años y 4 meses de prisión en suspenso; la machi Betiana Colhuan a 2 años y dos meses de prisión, también en suspenso, y Celeste Ardaiz Güenumil, quien fue condenada a un año de prisión en suspenso.
En la sentencia que tuvo lectura este lunes al mediodía, el Juez fijó pautas de conducta que deberán cumplir por el mismo tiempo que las condenas.
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La comunidad Lafken Winkul Mapu ingresó, en noviembre de 2017, a dos predios pertenecientes a Parques Nacionales, desde los cuales avanzó a otras propiedades estatales y privadas, todas ubicadas a 35 kilómetros de Bariloche, en Villa Mascardi.
A pesar que durante el juicio intentaron demostrar su inocencia, existen múltiples documentos en los que se adjudican el avance sobre las propiedades ajenas, bajo el débil argumento de preexistencia ancestral en esas tierras.
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Durante su permanencia en el lugar, hasta octubre de 2022, protagonizaron distintos hechos vandálicos contra los inmuebles e incluso contra turistas y automovilistas.
“No hay pruebas concretas sobre los cargos, las acusaciones son infundadas, no hay pruebas reales ni concretas”, dijo Santana, cuando tuvo la oportunidad de expresarse, antes de la lectura de la sentencia.
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Su pareja, la autoridad espiritual de la agrupación, exigió “que se termine la persecución” y también que “se devuelva el espacio espiritual que tiene la comunidad (el rewe) para poder llevar adelante el trabajo de sanación”.
Los abogados de Parques Nacionales no lograron convencer al juez con su pedido de retirar esa estructura de madera y el magistrado sostuvo la postura de la ex magistrada Silvina Domínguez, quien había dispuesto la permanencia de esa figura en tierras de Parques Nacionales.
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El juicio comenzó a fines de febrero y desde entonces desfilaron como testigos gran cantidad de efectivos de fuerzas federales, ex funcionarios y empleados de Parques Nacionales.
En la misma causa, unificada por disposición de la ex magistrada Domínguez, también se investiga la usurpación del ex hotel Ios, perteneciente a Parques Nacionales – que tuvo que ser demolido por los daños estructurales que provocaron los mapuches- y las propiedades privadas Los Radales y La Escondida, que fueron vandalizadas por los mapuches, tras la irrupción inicial a los terrenos de Parques Nacionales.
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Para el fiscal, los seis imputados en la causa son responsables del delito de usurpación por despojo en calidad de coautores y por distintos hechos. En la instancia de los alegatos solicitó penas de cuatro años de prisión, de cumplimiento efectivo, para la líder espiritual del grupo Betiana Colhuan (la machi) y su pareja Matías Santana, Luciana Jaramillo, Romina Rosas y Jéssica Bonefoi. Para el funcionario, los cinco participaron de más de un hecho y en su totalidad del despojo del predio de Parques Nacionales.
Para otra integrante de la comunidad, Celeste Ardaiz Güenumil, la pena solicitada fue de 2 años de prisión en suspenso, debido a que no habría participado de todos los hechos investigados.
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Parques Nacionales, en ejercicio de la querella, había planteado la declaración de responsabilidad por usurpación para Bonnefoi, Colhuan, Jaramillo y Rosas y la pena solicitada fue de 2 años y ocho meses de prisión, por la afectación al patrimonio nacional, la violencia, el tiempo por el cuals e prolongó el despojo, los efectos que dejó en la zona, el expreso desconocimiento que formulan del Estado nacional y el “absoluto menosprecio que han hecho del derecho ambiental sobre estas tierras”.
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