
El proyecto que impone “prisión de 5 a 15 años al que reciba y a quien entregue ilegítimamente a una persona menor de edad mediando o no precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación, si no resultare un delito más severamente penado” intentará ser dictaminado mañana en un plenario de comisiones de Diputados, en medio de una puja opositora para modificar la iniciativa y devolverla en segunda revisión al Senado, por lo que la sanción de una ley quedaría demorada.
La normativa que viene de la Cámara alta y fue acelerada por el caso Loan -el niño desaparecido en Corrientes- también establece que “será reprimido con la misma pena, si no resultare un delito más severamente penado, quien entregue y/o reciba a una persona menor de edad con fines adoptivos sin haber cumplido con la ley vigente cuando haya mediado o no precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación”.
El plenario de las comisiones de Legislación Penal -comanda la macrista Laura Rodríguez Machado-; y de Familias, Niñez y Juventudes -preside la radical Roxana Reyes- de Diputados se reunirá a las 17.30 de mañana, jornada en la que desde las 14 comenzará la discusión del Presupuesto 2025. Las mismas recibieron días atrás a un actor clave para destrabar el proyecto en el Senado, el titular de la Cámara Federal de Casación Penal y actual vicepresidente de la comisión que redacta e impulsa el nuevo Código Penal, Mariano Borinsky.
A pesar de las idas y vueltas que hubo en la Cámara alta, se logró un acuerdo unánime y el texto se aprobó sin debate en el recinto. No obstante, legisladores de ambas comisiones deslizaron a Infobae algunas volteretas de bancadas opositoras -como la UCR- que dilatarían la sanción de la norma, junto a cambios que demandaría el kirchnerismo en la Cámara baja.

Por caso, Unión por la Patria pretende quitar la palabra “ilegítimamente” del primer artículo. En tanto, la UCR quiere borrar el segundo párrafo del mismo, en lo que refiere a “fines adoptivos”. Todas cuestiones que fueron analizadas en el Senado y que tuvieron consenso de radicales y peronistas a la hora de la verdad en el recinto.
Según confiaron a este medio integrantes del plenario y, en medio de especulaciones y desconfianzas mutuas, el temor es que se incumpla con la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el conocido Caso “Fornerón e Hija versus Argentina”. También hay dudas relacionadas con encarar este tema desde la identidad versus trata.
“Hace más de 20 años que debemos una ley y no se puede demorar más. Sin embargo, como está, no puede salir”, aseveró anoche una legisladora top de la oposición. También algunas de las autoridades del plenario liberaron el camino para las modificaciones. Lo que nadie quiere es llegar a la reunión sin un acuerdo o, en el peor de los casos, con varios despachos. Sería un retroceso para el debate.
Otro de los artículos expresa que “si el autor de alguna de las conductas previstas” en la norma “fuere funcionario público o profesional y el delito se cometiere en el ejercicio de su actividad, la pena se fijará dentro del tercio superior de la escala penal” y “se le aplicará la accesoria de inhabilitación especial perpetua, si no resultare un delito más severamente penado”.

Por otra parte, “las escalas penales podrán reducirse a las de la tentativa respecto de los partícipes o autores” si, “durante la sustanciación del proceso del que sean parte”, den “información o datos precisos, comprobables y verosímiles” sobre diversos delitos mencionados en el proyecto como, por ejemplo, la comercialización de estupefacientes.
Más allá de esto, la iniciativa deja en claro que “para la procedencia de este beneficio será necesario que los datos o información aportada contribuyan a evitar o impedir el comienzo, la permanencia o consumación de un delito; esclarecer el hecho objeto de investigación u otros conexos; revelar la identidad o el paradero de autores, coautores, instigadores o partícipes de estos hechos investigados o de otros conexos; proporcionar datos suficientes que permitan un significativo avance de la investigación o el paradero de víctimas privadas de su libertad; averiguar el destino de los instrumentos, bienes, efectos, productos o ganancias del delito; o indicar las fuentes de financiamiento de organizaciones criminales involucradas en la comisión de los delitos previstos en el presente artículo”.
Además, “cuando el delito atribuido al imputado estuviere reprimido con prisión y/o reclusión perpetua, la pena sólo podrá reducirse hasta los quince (15) años de prisión”. En tanto, “la reducción de pena no procederá respecto de las penas de inhabilitación o multa”.
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