
Este domingo se desarrolló la segunda vuelta electoral o balotaje 2023 entre Javier Milei y Sergio Massa. En esta instancia, todos los ciudadanos que figuren en el padrón electoral debieron acudir a las urnas para definir al próximo presidente de la Nación.
La votación comenzó a las 8 de la mañana este domingo, y se extendió hasta las 6 de la tarde, cuando cerraron los centros de votación. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el Código Electoral Nacional (CNE), desde el viernes a las 8 de la mañana rige la veda electoral, y la venta de alcohol quedó prohibida desde el sábado a las 20h.
El CNE establece que 48 horas antes de la votación comienza la veda electoral, una medida que “tiene como espíritu conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión, luego de haber escuchado durante un período de tiempo los proyectos que proponen todos los dirigentes que aspiran a ser electos en distintos cargos”.
Los resultados oficiales de los comicios se conocieron poco antes de las 21h, y arrojaron al líder libertario como el ganador y próximo presidente de Argentina. El diputado nacional le sacó más de 10 puntos de ventaja al ministro de Economía.
¿A qué hora terminó la veda electoral del balotaje 2023?
Todas las restricciones establecidas en el artículo 71 del Código Electoral Nacional finalizaron este domingo a las 21h, tres horas luego del cierre de los comicios. Las prohibiciones que rigieron hasta ese horario fueron:
- Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Está prohibido vender bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20 hasta el domingo a las 21.
- A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección.
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.
- También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado.

¿Cuál es la diferencia entre el escrutinio provisorio y el definitivo?
El escrutinio provisorio es el que se hace el mismo día de la elección, a partir de los resultados informados por cada presidente de mesa al Ministerio del Interior mediante un Telegrama que ellos mismos confeccionan. El mismo contiene todos los detalles de los votos contados en la mesa y lleva la firma de las y los fiscales de las agrupaciones intervinientes.
El escrutinio definitivo es el que hace la Justicia Nacional Electoral. Comienza 48 horas después de la finalización de las elecciones, se realiza a partir de las Actas de Escrutinio de cada mesa, y es el que produce los resultados de la elección, a partir de los cuales se distribuyen los cargos en juego.
A diferencia del escrutinio provisorio, el escrutinio definitivo abarca todas las mesas habilitadas para la elección. Las agrupaciones intervinientes en la elección pueden designar fiscales con derecho a asistir a todas las operaciones del escrutinio y examinar la documentación.
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