Finalmente el cierre nocturno no será obligatorio en todo el país y facultarán a los gobernadores para aplicar las restricciones

El Presidente decidió no restringir obligatoriamente la actividad de 23 a 6, pero dictará un decreto que establece indicadores técnicos que obligarán o facultarán -según las circunstancias- a los mandatarios provinciales a tomar medidas inmediatas frente a un abrupto incremento de los contagios de coronavirus

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Alberto Fernández y los gobernadores nacionales en el Salón Bicentenario de la Casa Rosada

Los 24 gobernadores avalaron en términos conceptuales la decisión presidencial de restringir las actividades frente al aumento geométrico de contagiados por el COVID-19, pero la resistencia puntual de Córdoba, Mendoza y Ciudad de Buenos Aires respecto a la prohibición de circular de noche que propuso Alberto Fernández, determinó un cambio de estrategia sanitaria y política para enfrentar a la pandemia que no da tregua desde marzo de 2020.

En este sentido, y para evitar una fractura institucional entre ciertas provincias y Balcarce 50, el Presidente aprobó anoche la redacción de un decreto reglamentario que establece indicadores técnicos destinados a establecer la responsabilidad institucional de los gobernadores ante el incremento de los casos de contagios.

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Alberto Fernández junto a su jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y al ministro de Salud, Ginés González García, firmarán hoy un decreto que reglamenta el artículo cuarto del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que estableció la actual etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).

“LÍMITES A LA CIRCULACIÓN: en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos aglomerados, departamentos o partidos de la Jurisdicción a su cargo, las autoridades Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2″, ordena el artículo 4 del DNU 1033/2020 que fijó las condiciones del actual período de DISPO que vence a fin de mes.

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“La única intención que tengo es evitar que el COVID-19 nos complique aún más la vida. Entonces, como hubo reparos respecto a mi propuesta original, voy a firmar mañana (por hoy) un decreto reglamentario que establece dos indicadores técnicos que cumplidos traslada a los gobernadores la responsabilidad de restringir las actividades y la circulación nocturna”, explicó Alberto Fernández en Olivos.

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Alberto Fernández y su gabinete durante la última videoconferencia con los 24 gobernadores

El decreto a la firma del Presidente establece estos dos indicadores técnicos diseñados por la cartera de Salud, y explica además que los gobernadores tomarán las medidas restrictivas cuando los dos requisitos estén al mismo tiempo.

Esos dos requisitos técnicos consisten en lo siguiente:

1. Habrá un primer coeficiente de contagiados que se hará comparando los contagios de la última quincena de diciembre de 2020 con la primera quincena de 2021. Ese coeficiente se actualizará por quincena.

2. Ciudades con más de 150 contagios cada 100.000 habitantes.

Si la suba de afectados por COVID-19 supera el coeficiente elaborado por Ginés González García, y hay más de 150 contagiados en una ciudad o localidad con más de 100.000 habitantes, el gobernador respectivo “deberá dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas”.

El decreto que firmará Alberto Fernández -por lo menos en su último borrador- establece que los gobernadores tienen la facultad de actuar cuando se dan los dos requisitos técnicos al mismo tiempo y solo se restringirían las actividades diurnas.

Pero la lógica jurídica cambia cuando se trata de la circulación nocturna. Desde esta perspectiva, el decreto impondría que los gobernadores deberán prohibir la circulación por las noches si los dos requisitos -coeficiente de contagios y más de 150 contagiados por 100.000 habitantes- se conjugan en el mismo momento.

Ya no le importa al Presidente si la restricción nocturna empieza a la medianoche como exigía el gobernador de Mendoza, Rodolfo Suárez, y el jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, frente a su propuesta original de iniciar la veda circulatoria a partir de las 23.00.

Lo único que pretende Alberto Fernández es contener la suba abrupta de los contagiados de COVID-19, frente a un relajamiento social que puede causar estragos en toda la Argentina.

Si no hay cambio de planes, Cafiero, Matías Lammens y Carla Vizzoti anunciarán hoy en conferencia de prensa los alcances del decreto reglamentario que el Presidente terminó de corregir anoche en su despacho de Balcarce 50 antes de regresar a la quinta de Olivos.

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