
Luego de que en octubre el juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla resolviera ampliar los procesamientos en el expediente judicial en el que se investiga espionaje ilegal conocido como Caso D´Alessio, diera por cerrada la instrucción y que la causa se acercara al juicio oral, la Cámara Federal de Mar del Plata revocó el procesamiento del periodista Daniel Santoro.
En su resolución, la Cámara de Mar del Plata le dictó la falta de mérito al periodista al que el juez había considerado autor del delito de “coacción y extorsión en grado de tentativa”. Para la Cámara Federal, “los hechos atribuidos a Santoro solo podrían encuadrarse dentro de un neutral ejercicio de su actividad profesional, la que -con aciertos o equívocos- no permiten por sí solos ni aún en el contexto circunstancial referido considerarlos como contribuciones directas al plan criminal”.
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“Además, no cabe aquí dejar de señalar lo sostenido por la jurisprudencia interamericana, en el sentido de que “(.) la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública. Es también condición sine qua non para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada”, sostiene el fallo.
Además, en otra resolución, la Cámara Federal de Mar del Plata confirmó el procesamiento parcial contra el fiscal Carlos Stornelli en la causa D’Alessio, pero lo dejó afuera de la asociación ilícita que integraba el falso abogado, según se desprende del fallo al que accedió Infobae. Si bien confirma el procesamiento, lo cierto es que la Cámara de Mar del Plata alivia la situación en la que el juez de Dolores Alejo Ramos Padilla había encuadrado al fiscal.
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Ramos Padilla había procesado al fiscal como miembro de una “asociación ilícita” en concurso ideal con violación a la ley de inteligencia”. También se le adjudicó delitos como incumplimiento de deberes legales de funcionario público y coacción. Pero los camaristas Alejandro Tazza y Eduardo Jimenez entendieron que solo debían ratificar esa decisión por dos hechos: el capítulo que salpicó al abogado José María Ubeira, cuando se le habría intentado plantear una cámara oculta; y lo que ocurrió con el ex marido de la pareja de Stornelli (Caso Castañón Distéfano) y que quedaron expuestos en los chats del fiscal y D’Alessio.
Pero hubo más: el fallo consideró que Stornelli no fue el autor de los ilícitos sino un “instigador” en la presunta comisión del delito de “producción de inteligencia ilegal sobre las personas, sea por sus acciones privadas o por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción”. Ese delito, dicen los camaristas, lo habrían hecho los integrantes de la banda que encabezaba D’Alessio.
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La Cámara Federal descartó el rol de Stornelli en la organización de los hechos investigados. “Lo que hasta ahora puede deducirse de tales elementos probatorios es su participación en hechos puntuales y aislados -que si bien se vinculan con uno de los integrantes o eventualmente cabecilla de la organización-, no lo ubica en el centro de la escena como formando parte de un plan criminal, en el que el encartado pueda ser considerado o tenido como un miembro de ese clan ilegal, ni tampoco que se haya sentido un verdadero integrante de esta estructura criminal”.
Durante su investigación, Ramos Padilla determinó que existió “una asociación ilícita paraestatal que, a través de variadas y complejas acciones vinculadas al espionaje y la inteligencia ilegal, llevó adelante todo tipo de planes y operaciones sobre políticos, empresarios, periodistas, el Poder Judicial y la opinión pública”.
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El caso comenzó a mediados de enero de 2019, cuando el empresario de vínculos con el kirchnerismo Pedro Etchebest aseguró que el falso abogado Marcelo D’Alessio le había avisado que había sido imputado por un arrepentido en la causa de los cuadernos y le había solicitado USD 300 mil para ayudarlo. La solicitud inicial del dinero y parte del pago se concretaron en la Capital Federal. Por ese punto, se cuestionó la competencia de Dolores en el caso.
Ramos Padilla inició una investigación por una extorsión que, con el allanamiento a la casa de D’Alessio, viró en otra cosa cuando se encontraron armas, equipos de comunicaciones y una serie de carpetas y documentos que daban cuenta de una red de espionaje de alcance político, periodístico, empresarial y judicial. Así lo explicó el juez las dos veces que fue al Congreso a dar detalles de su investigación (una frente a la Comisión de Libertad de Expresión y otra a puertas cerradas ante la Comisión Bicameral de Seguimiento a los organismos de inteligencia).
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En octubre, el juez Ramos Padilla entendió que la investigación estaba cerrada y dispuso la elevación a juicio de los siguientes procesados: Marcelo D´Alessio, Rolando Hugo Barreiro, Carlos Stornelli, Juan Ignacio Bidone, Daniel Santoro, Pablo Gonzalo Pinamonti, Ricardo Oscar Bogoliuk, Norberto Aníbal Degastaldi, Carlos Alberto Liñani, Eduardo Ariel Menchi y Mariano Díaz Strunz. Pero lo que faltaba era que la Cámara Federal de Mar del Plata revisara el primer procesamiento del periodista Santoro y de Stornelli dictados en agosto y diciembre pasado respectivamente.
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