
Para tratar de ayudar a uno de los sectores que más se vio perjudicado como consecuencia de la pandemia del coronavirus, el Gobierno autorizó a las agencias de turismo a atender a través de “locales virtuales” o pedir la salida temporal del mercado para evitar perder la licencia. Ambas medidas fueron anunciadas en diferentes Resoluciones publicadas este lunes en el Boletín Oficial.
En primer lugar, las empresas que se dedican a este rubro podrán proceder a la “suspensión de actividades y el cierre temporario hasta el día 31 de diciembre de 2020” cuando no puedan cumplir con los requisitos que les exige la ley, como “asegurar la prestación de sus servicios” o “disponer de un local para la atención al público”.
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En este caso, las compañías interesadas “deberán solicitar la autorización previa a la Dirección Nacional de Agencias de Viaje", organismo que será el encargado de otorgar los certificados correspondientes. Este trámite se podrá hacer en la página tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/inicio-publico.
Durante el plazo en el que se encuentren momentáneamente cerradas, “conservarán la obligación de dar cumplimiento a los compromisos que resulten exigibles, contraídos con anterioridad a la fecha de suspensión de sus actividades”.
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En tanto, las que deseen reanudar sus operaciones con anterioridad al 31 de diciembre de 2020, deberán notificar dicha situación ante el mismo organismo mencionado anteriormente, “y acreditar que cumplen con la totalidad de los requisitos exigidos” por la ley para funcionar.
Además, el Gobierno aclaró que “los trámites vinculados con el cumplimiento de lo dispuesto por la presente (medida) no tendrán costo alguno para las agencias de viaje que los soliciten”.
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En una segunda Resolución, que al igual que la anterior, lleva la firma del Ministro de Turismo y Deportes, Matías Lammens, se autorizó a estas mismas compañías a operar a través de un “local virtual” para la atención al público que funcionará en el subdominio “.tur.ar”. Las que opten por esta modalidad no necesitarán contar con un establecimiento físico.
Este sistema estará vigente solamente “hasta el día 31 de diciembre de 2020” y las agencias que necesiten incorporarse al mismo deberán pedir el permiso correspondiente a la misma Dirección Nacional, que en este caso entregará un número de legajo y un certificado para operar que deberán ser exhibidos en el sitio web.
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Además, la actividad que se realice en estos locales virtuales “será controlada y fiscalizada” por las autoridades nacionales. Las únicas que no podrán acceder a esta modalidad de trabajo son las Agencias de Turismo Estudiantil y aquellas que sean franquiciantes.
Entre los considerandos, el Gobierno señaló que “como consecuencia de la emergencia que atraviesa el país, el turismo en general y las agencias de viaje en particular, se vieron sumamente afectados”.
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En este sentido, en una de las Resoluciones se remarcó que la situación epidemiológica “hace necesario extremar esfuerzos para paliar sus consecuencias” que sufrió este sector, uno de los más perjudicados por el COVID-19.
Por esta razón, la cartera que conduce Lammens consideró oportuno tanto “autorizar el desarrollo” de estos negocios “a través de una nueva modalidad operativa virtual”, como también “autorizar la suspensión de actividades y el cierre temporario” para “evitar las eventuales consecuencias disvaliosas derivadas de la pérdida de sus licencias”.
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Por último, se remarcó que la fecha hasta cuando estará disponible la página web a través de la cual podrán funcionar estas empresas podrá ser “revisada en su oportunidad de acuerdo a la evolución de la pandemia y su impacto en el sector turístico”.
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