
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la desestimación de una denuncia penal que presentó el fiscal federal de esa provincia Enrique Senestrari por la filtración de una conversación suya con empleados de su dependencia sobre una causa judicial.
Por mayoría de 2 a 1, el tribunal entendió que no hay delito en la información pública del audio que fue difundido por Infobae en mayo del año pasado. Se trata de una charla que el fiscal mantuvo con sus empleados sobre la investigación judicial llamada "Osecac", por el gremio de empleados de comercio.
El fiscal denunció el 22 de mayo del año pasado que alguien divulgó el intercambio de mensajes de WhatsApp. Explicó que se trata de un grupo de esa mensajería instantánea que integran él, tres colaboradores cercanos y tres ex empleados de la Fiscalía.
La denuncia fue archivada en primera instancia por el juez federal Miguel Vaca Narvaja a instancia de la fiscal Graciela López de Filoñuk porque el hecho no constituía delito. El fiscal Senestrari apeló la decisión en su rol de querellante y en el caso intervino la Sala B de la Cámara Federal de Córdoba.
La camarista Liliana Navarro señaló que la desestimación de la causa era "prematura" porque no se hicieron todas las medidas de prueba. Y votó por declarar nulo el fallo del juez Vaca Narvaja porque "no contiene los fundamentos fácticos y jurídicos necesarios".
La jueza explicó que se trató de una "exigua y pobre investigación" porque no se hicieron todas la medidas de prueba que el caso requería, lo que no fue controlado por el juez.
Pero los camaristas Luis Rueda y Abel Sánchez Torres tuvieron otra postura. Coincidieron en que la difusión del audio no perjudicó al fiscal Senestrari y que no es un delito.

"Tengo para mí que el contenido del diálogo del Dr. Senestrari con sus empleados no constituye uno de aquellos supuestos tutelados por el Código Penal, toda vez que no se trata de 'hechos, actuaciones o documentos' que puedan ser considerados secretos de la administración", dijo el juez Rueda en su voto.
Por su parte, el camarista Sánchez Torres señaló que "el conjunto de fundamentos de hecho y de derecho que guiaron la decisión del juez fueron plasmados en el auto, pudiendo observarse un estudio crítico y razonado del asunto a resolver, con el correspondiente análisis de las constancias recopiladas en la causa".
"No advierto pues el carácter de secreto de la información ventilada en la consulta que hiciera el fiscal a sus colaboradores, ni tampoco lo trascendido haya revestido la relevancia necesaria para afectar el bien jurídico protegido por la norma", agregó.
Rueda y Sánchez Torre también coincidieron en que la filtración puede investigarse administrativamente.
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