
El Gobierno oficializó el régimen de retiros voluntarios dirigidos a la administración pública con el objetivo de reducir el tamaño del Estado a través del decreto 263/2018, que se publicó este martes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri y los ministros Andrés Ibarra (Modernización) y Nicolás Dujovne (Hacienda).
"Entre las premisas del Gobierno Nacional se encuentra la de lograr la utilización de los recursos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados, conforme surge del Plan de Modernización del Estado", indicó el Ejecutivo en uno de los considerandos de la norma.
Además, la Casa Rosada aclaró que el régimen está contemplado en el artículo 109 de la Ley N° 27.431 de Presupuesto 2018.

El decreto divide a los empleados estatales en tres grupos, que en virtud de la antigüedad y de los años de servicio accederán a distintos beneficios:
– Personas de 65 años o más, con los años de servicio necesarios para jubilarse.
Tendrán derecho a la percepción de 24 cuotas no remunerativas mensuales, iguales y consecutivas. Cada cuota será equivalente al monto de la remuneración neta mensual que cobraba el empleado al momento de acogerse al retiro.
– Personas de entre 60 y 65 años.
Tendrán derecho a la percepción de una suma no remunerativa de hasta 36 cuotas mensuales, iguales, y consecutivas. Cada cuota será equivalente al monto de la remuneración neta mensual que cobraba el empleado al momento de acogerse al retiro.
– Personas de hasta 60 años de edad, con dos o más años de antigüedad en las entidades y jurisdicciones previstas.
Tendrá derecho a la percepción de una suma no remunerativa al finalizar su relación de empleo conforme la antigüedad que registre, más cierta cantidad de cuotas conforme a dicha antigüedad, las que se abonarán de manera mensual y consecutiva.

Cada cuota correspondiente a un solo pago será equivalente al 100% de la remuneración que percibía el empleado y las cuotas a abonar de manera mensual, igual y consecutiva serán del 70 por ciento.
Excluidos
La norma aclara que no podrán participar de este régimen personal de las Fuerzas Armadas en actividad o retirado; de las Fuerzas de Seguridad y Policiales en actividad o retirado; de la Agencia Federal de Inteligencia. Tampoco docentes, profesionales de la salud, del servicio exterior o científico técnico.
También quedan afuera aquellos que se encuentren procesados por delitos en perjuicio de la administración pública, sumariados, o hayan iniciado reclamos administrativos o demandas judiciales contra el Estado.

Quienes ingresen en el programa no podrán volver a ser incorporados bajo ninguna modalidad de empleo o contratación de servicios u obra en las jurisdicciones y entidades previstas por cinco años desde la baja.
El personal que acceda a este régimen continuará gozando de la cobertura médica asistencial de obra social durante el plazo de percepción de las cuotas o hasta la obtención del beneficio previsional, lo que ocurra primero (se brindará a través de la Obra Social Unión Personal -UP-).
El decreto completo
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