El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que, desde hoy, los ciudadanos pueden presentar sus solicitudes de dispensa por no votar o de justificación por no haber instalado una mesa de sufragio, correspondientes a las Elecciones Regionales y Municipales 2026, desarrolladas el pasado domingo 4 de octubre. La solicitud permite pedir la exoneración de la multa, siempre que el ciudadano acredite una de las causales previstas.
El procedimiento se realiza principalmente de forma virtual mediante el Sistema Virtual de Dispensa y Justificación, disponible en el portal institucional del JNE. De manera excepcional, los solicitantes también pueden presentar sus documentos en la mesa de partes de las oficinas descentralizadas o ante el jurado electoral especial correspondiente.
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La dispensa está dirigida a quienes no acudieron a votar, mientras que la justificación corresponde a los ciudadanos que no asistieron a instalar una mesa de sufragio. En ambos casos, la persona debe presentar documentos que acrediten la situación que le impidió cumplir con su deber electoral en la fecha de los comicios.

Cómo solicitar la dispensa o justificación electoral
El vocero del JNE, Luis Grillo, explicó que existen dos recursos para las personas que registraron una omisión durante la jornada electoral. “El ciudadano que no ha podido participar el día de ayer de la elección y que ha generado una omisión, ha podido hacerla como omiso al sufragio o como omiso a la instalación de una mesa de sufragio”, declaró a 24 horas de Panamericana TV.
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El trámite virtual se encuentra en el Sistema Virtual de Dispensa y Justificación del JNE. Los ciudadanos pueden ingresar desde el portal institucional, www.jne.gob.pe, o acceder directamente mediante el enlace https://dispensavirtual.jne.gob.pe/login. Allí deberán completar la solicitud y adjuntar los documentos que respalden la causal invocada.
Una ciudadana consultada señaló que su centro de trabajo le entregó un documento para acreditar que laboró durante la jornada electoral. “La institución en la que trabajo me da un documento para justificar que he estado trabajando ese día. Me han dicho que tengo que entrar a la página del Jurado Nacional de Elecciones y ahí me va a aparecer si es que hay alguna observación”, mencionó.
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Entre las causales contempladas figuran los problemas de salud, las hospitalizaciones, las cirugías programadas y los descansos médicos. También pueden solicitar la dispensa las personas recluidas en centros penitenciarios o de rehabilitación, así como quienes estuvieron fuera del país por estudios o por motivos médicos.

¿Cuánto cuesta y cuál es el plazo para presentar la solicitud?
El derecho de trámite cuesta S/25,90 tanto para la inasistencia a la instalación de una mesa de sufragio como para la omisión al voto. Si un ciudadano registra ambas faltas dentro de un mismo proceso electoral, deberá realizar un solo pago.
El abono puede efectuarse en las agencias del Banco de la Nación, con el código 01465, o a través de la plataforma Pagalo.pe. El solicitante debe conservar el comprobante y presentar la documentación necesaria para demostrar la relación entre la causal alegada y la fecha de la elección.
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El JNE también considera como motivos válidos los viajes al extranjero por estudios, las labores de transporte, los fenómenos naturales, la discapacidad, los errores en el padrón electoral y el fallecimiento de un familiar directo. Asimismo, están incluidos quienes cumplieron funciones electorales, perdieron o sufrieron el robo de su DNI, o estuvieron privados de libertad.
Para quienes no instalaron una mesa de sufragio, la entidad contempla además situaciones vinculadas con ciudadanos mayores de 65 años y mujeres en período de gestación o lactancia, de acuerdo con las condiciones establecidas. Cada caso requiere documentos que permitan verificar la circunstancia expuesta.
La solicitud puede presentarse desde el día siguiente de la elección y antes de que se emita la Resolución de Medida Cautelar de Embargo dentro del procedimiento de ejecución coactiva. Las solicitudes enviadas después de ese momento serán declaradas improcedentes. El JNE tiene un plazo de cinco días hábiles para resolver cada pedido.
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