
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) autorizó el funcionamiento de BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A., una firma organizada por Viettel Perú S.A.C., como empresa de servicios complementarios y conexos dentro del sistema financiero peruano.
La autorización quedó establecida en la Resolución SBS N.° 02248-2026, emitida el 10 de septiembre. El organismo supervisor indicó que BiPay cumplió con los requisitos técnicos y administrativos requeridos para el inicio de sus operaciones como emisora de dinero electrónico.
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BiPay recibió primero el permiso para organizarse
La compañía había obtenido en enero de este año la autorización para su organización. Esa etapa permitió constituir la empresa y avanzar con los procedimientos exigidos por la SBS antes de solicitar el permiso definitivo de funcionamiento.
Tras evaluar la documentación presentada, la entidad concluyó que BiPay se encuentra habilitada para operar. La solicitud había sido presentada el 24 de marzo por Viettel Perú S.A.C., a través de su representante, Pham Anh Duc.
Con esta resolución, BiPay ingresa al grupo de empresas autorizadas para emitir dinero electrónico en el país. Estas entidades pueden ofrecer herramientas para almacenar y transferir fondos por medios digitales, dentro de las condiciones y límites que establece la regulación aplicable.
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Qué implica ser una emisora de dinero electrónico
El dinero electrónico es un valor monetario que se almacena de forma digital y puede usarse para realizar operaciones de pago o transferencias. A diferencia del dinero físico, no requiere billetes ni monedas para concretar una transacción.
Las empresas emisoras de dinero electrónico operan bajo supervisión de la SBS y deben cumplir exigencias vinculadas con su gestión, seguridad, solvencia y protección de los usuarios.
No obsatnte, la autorización del regulador peruano no precisa los productos que BiPay pondrá a disposición del público ni la fecha en que iniciará la prestación de sus servicios. Esto ya lo determinará la empresa.

La empresa debe publicar su certificado de funcionamiento
La resolución también ordena que la Secretaría General de la SBS entregue a BiPay el certificado de autorización de funcionamiento. La empresa deberá publicar ese documento en dos oportunidades alternadas.
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La primera publicación deberá realizarse en el diario oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación del certificado. La segunda deberá aparecer en un diario de circulación nacional, también dentro de los 10 días hábiles posteriores a la primera difusión.
Además, el certificado deberá permanecer disponible de forma permanente para el público. La medida forma parte del procedimiento previsto para las compañías que reciben autorización de funcionamiento de la SBS. La resolución lleva la firma de Sergio Javier Espinosa Chiroque, superintendente de Banca, Seguros y AFP.

Niubiz es la primera entidad autorizada bajo nuevas reglas del BCRP
Días antes, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) autorizó a Niubiz como la primera Entidad de Servicios de Pago bajo el nuevo Reglamento General del Sistema Nacional de Pagos, vigente desde abril de 2026. Con esta habilitación, la empresa podrá participar en TAPP, el sistema de Transferencias Automáticas de Pagos Perú, así como en otros sistemas y acuerdos de pago.
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La autorización para Niubiz corresponde a una regulación distinta de la que recibió BiPay por parte de la SBS para emitir dinero electrónico. Ambas decisiones se producen en un contexto de mayor supervisión sobre las empresas que ofrecen pagos digitales, transferencias y otros servicios vinculados al movimiento electrónico de dinero en Perú.
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