
Tal como adelantó Infobae Perú, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha oficializado una modificación clave en el sector de las telecomunicaciones con la publicación del Decreto Supremo N° 016-2026-MTC.
La nueva norma elimina la obligación de realizar mediciones periódicas de radiaciones no ionizantes en las antenas y estaciones de telecomunicaciones, una exigencia que hasta ahora implicaba cargas administrativas y costos recurrentes para los operadores.
A partir de esta modificación, las mediciones de los Límites Máximos Permisibles solo se exigirán cuando la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del MTC lo requiera expresamente, principalmente ante quejas o situaciones puntuales.
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El objetivo declarado de la autoridad es promover la eficiencia regulatoria y facilitar el despliegue de infraestructura, manteniendo mecanismos de supervisión y transparencia que garanticen la protección de la salud pública y el acceso ciudadano a la información sobre radiaciones.
La decisión representa un cambio en el enfoque estatal sobre el control de radiaciones en telecomunicaciones. En adelante, los operadores ya no estarán obligados a realizar mediciones periódicas de manera automática, sino únicamente cuando el MTC lo determine.
Antenas: menos cargas para operadores y nuevas reglas para fiscalización estatal
Rodrigo Vaca, gerente legal de CENS, explicó que la obligación de realizar mediciones periódicas de radiaciones no ionizantes (RNI) para operadores de telecomunicaciones fue impuesta desde el Decreto Supremo 003-2015-MTC, aunque la regulación del tema existe desde inicios de los años 2000.
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Señaló que, según estudios oficiales, incluyendo uno del Ministerio del Ambiente, en más de 1.000 antenas evaluadas, ninguna llegó siquiera al 10% de los límites máximos permisibles (LMP) y, en promedio, las emisiones reportadas no superan ni el 1% del límite legal.
“Cada medición cuesta entre 2.500 y 3.500 soles y solo puede ser realizada por proveedores certificados por el MTC, lo que incrementa los costos para las empresas”, dijo el experto para Infobae Perú.

En esta línea, Vaca consideró que la nueva norma alivia una carga económica y administrativa al devolver la fiscalización directamente al Estado, a través de inspecciones aleatorias y atención a denuncias.
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Sin embargo, advirtió que persisten obstáculos municipales y una asimetría en las sanciones: los operadores pueden ser multados hasta con 25 UIT por incumplimiento, mientras que para funcionarios municipales la multa máxima es de solo 0,5 UIT, lo que según su análisis dificulta el despliegue de infraestructura y mejora de la cobertura en el país.
“El nuevo decreto es bueno, pero persisten trabas municipales y no hay consecuencias efectivas para los funcionarios que obstruyen el despliegue de la infraestructura para telecomunicaciones”, confirió.
¿Hacia una cobertura móvil más transparente y medible en todo el país?
Adicionalmente, el MTC ha publicado para consulta pública un proyecto de reglamento que establece nuevas reglas para la medición y reporte de la cobertura radioeléctrica de los servicios públicos móviles terrestres.
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La Resolución Ministerial N° 398-2026-MTC/01.03 dispone la difusión del proyecto normativo, que apunta a fijar criterios técnicos uniformes para determinar la cobertura real de servicios de voz y datos móviles en el país. El texto, sometido a consulta por quince días, incluye también los formatos estandarizados que las empresas deberán emplear para informar periódicamente sobre la cobertura de sus redes.

El objetivo central de la propuesta es que tanto la autoridad como la ciudadanía puedan disponer de información precisa, verificable y actualizada sobre el alcance de los servicios móviles en todos los centros poblados del territorio nacional.
De este modo, se busca identificar con mayor exactitud las zonas sin cobertura y orientar las políticas públicas y las inversiones hacia la reducción de brechas. El proyecto invita a entidades públicas, privadas y ciudadanos a presentar comentarios o sugerencias, reforzando el carácter participativo y transparente de la nueva regulación.
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Y también nuevos indicadores para medir la brecha digital en centros poblados
Finalmente, el MTC también ha aprobado una modificación en los indicadores oficiales que permiten medir la brecha digital en el país.
La Resolución Ministerial N° 400-2026-MTC/01 introduce cambios en dos indicadores clave: el porcentaje de centros poblados sin acceso a comunicaciones de voz y el porcentaje de centros poblados sin acceso a internet. Ambos forman parte del sistema de monitoreo y priorización de inversiones públicas en infraestructura y servicios de telecomunicaciones.
La actualización de estos indicadores, validada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), responde a la necesidad de contar con métricas más precisas y alineadas con la realidad del sector.
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Estas herramientas son fundamentales para planificar y orientar recursos públicos hacia la reducción de las desigualdades en el acceso a servicios de comunicación, especialmente en áreas rurales y zonas de difícil cobertura. Según la fuente oficial, la modificación ya se encuentra publicada en la sede digital del MTC junto con el anexo correspondiente.
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