
El Congreso de la República del Perú publicó este martes en el Diario Oficial El Peruano la resolución legislativa 010-2025-2026-CR, que inhabilita por diez años para el ejercicio de la función pública a la exfiscal de la Nación Delia Espinoza por haber presentado una denuncia constitucional contra 11 congresistas que votaron a favor de una ley que permitía a legisladores con pasado en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional cobrar simultáneamente sueldo y pensión.
La resolución, firmada por el presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi, y el segundo vicepresidente Waldemar José Cerrón Rojas, formaliza la sanción que el Pleno aprobó el 7 de mayo de 2026 con 70 votos a favor, 18 en contra y 2 abstenciones, tras una accidentada votación que requirió una reconsideración para alcanzar los votos exigidos.
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El primer intento de inhabilitación fracasó el 12 de marzo de 2026, cuando el Pleno no alcanzó los 66 votos mínimos requeridos. Fue el congresista Jorge Montoya, y uno de los once parlamentarios denunciados por Espinoza, quien presentó una reconsideración de la votación. Esa maniobra permitió que el caso volviera al Pleno y que la sanción se concretara semanas después con el respaldo de bancadas como Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Renovación Popular, Avanza País y Podemos Perú.

Persecución
Esta sanción es la segunda inhabilitación por 10 años que el Congreso impone a Delia Espinoza.
La primera inhabilitación se sustentó en la supuesta contravención de la Ley 32130 a raíz del Reglamento de Actuación Fiscal en la Investigación del Delito, una norma que Espinoza no firmó ni respaldó.
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El Parlamento también le levantó a Espinoza la prerrogativa de antejuicio penal y habilitó una acusación constitucional en su contra por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones.
Frente a esa sanción, Espinoza presentó una demanda de amparo ante la Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. El 26 de mayo de ese año, la sala declaró fundada en parte la acción de amparo.
El tribunal determinó que el Parlamento incurrió en un “trato discriminatorio y selectivo” y que el proceso parlamentario careció de sustento técnico idóneo. La resolución declaró la inaplicabilidad absoluta de las resoluciones legislativas de diciembre de 2025, ordenó la reincorporación inmediata de Espinoza como Fiscal de la Nación y Fiscal Suprema Titular, y dispuso el restablecimiento de sus derechos laborales y el reconocimiento del tiempo de servicio interrumpido.
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El 8 de junio, la misma sala concedió con efecto suspensivo los recursos de apelación presentados tanto por la Procuraduría Pública del Poder Legislativo como por la propia Espinoza, con lo que ambos recursos quedaron remitidos a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema, que tendrá la última palabra sobre la inhabilitación.

En paralelo, el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley acogió un pedido de excepción de improcedencia de acción y dispuso el archivo definitivo del proceso penal abierto contra Espinoza por los delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones.
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