
Nada está dicho. Los conteos rápidos de Ipsos y Datum, si bien difieren de sus bocas de urnas, le dan una ligera ventaja al candidato presidencial de Juntos por el Perú, Roberto Sánchez. No obstante, aún se encuentra dentro del margen de error, por lo que la situación no está definida todavía.
Ahora bien, quien gane la Presidencia de la República no solo podrá gobernar el país durante los próximos 5 años, sino que también obtendrá una protección especial que lo blindaría durante ese tiempo.
Los procesos de Keiko Fujimori y Roberto Sánchez
Algo que tienen en común Keiko Fujimori y Roberto Sánchez es que tienen problemas con la justicia. Uno más que otro. Ambos candidatos presidenciales se encuentran en la mira de la Fiscalía y del Poder Judicial por presuntos delitos que habría cometido.
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El caso más avanzado es el de Sánchez, quien deberá enfrentar un juicio oral por presuntamente falsear información de aportes de campañas anteriores. La Fiscalía pide más de 5 años de prisión contra el líder de Juntos por el Perú.

Por otro lado, si bien el caso Cócteles contra Fujimori está herido de muerte —hay una apelación pendiente, pero tiene pocas posibilidades de que prospere—, Fujimori registra otros procesos penales en trámite.
Por ejemplo, según un informe de Ojo Público, Fujimori afronta una investigación preparatoria por presunto lavado de activos relacionada con el financiamiento de su campaña presidencial de 2021. La Fiscalía la señala como presunta integrante de una organización criminal que habría captado fondos de origen ilícito a través de aportes anónimos y falsos aportantes, utilizando mecanismos opacos para canalizar recursos.
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¿Qué pasarían con estos procesos penales?
Los procesos penales de quien gane la Presidencial, sea Keiko Fujimori o Roberto Sánchez, podrían suspenderse debido a que el Tribunal Constitucional ha restituido en su totalidad la inmunidad presidencial.
Si bien la sentencia del TC (caso Dina Boluarte) únicamente se pronunció sobre las investigaciones preliminares que se inician por presuntos delitos cometidos por el jefe de Estado durante su mandato, más no por ilícitos que habría cometido antes; el argumento por el que se declaró fundada la demanda fue que las investigaciones por delitos fuera de las 4 excepciones dificultaron el adecuado ejercicio de la atribución para dirigir la política general del gobierno y afectaron seriamente la dignidad de la institución presidencial.
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Cabe precisar que el único antecedente en el que un presidente en funciones logró suspender un proceso penal invocando su cargo es el de José María Balcázar.
Balcázar fue querellado por difamación agravada por el abogado Yuri Díaz Jaime, ex vicedecano del Iluste Colegio de Abogado de Lambayeque. El juicio oral estaba previsto para iniciar el 6 de marzo. Sin embargo, la defensa del exmandatario solicitó suspender el juzgamiento alegando que el artículo 117 de la Constitución impide que sea juzgado por cualquier delito que no sean los establecidos en dicha disposición (traición a la patria, impedir elecciones, disolver el Congreso inconstitucionalmente o impedir el funcionamiento del sistema electoral).
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La jueza Hiroko Hiyane Ramírez aceptó el pedido de Balcázar y postergó el juzgamiento para agosto de este año, cuando ya no esté en Palacio de Gobierno.
“De acuerdo a lo señalado en la Constitución Política del Perú en su Artículo 117: Durante su mandato, el Presidente solo puede ser acusado por cuatro supuestos taxativos. Para cualquier otro delito común cometido antes o durante el cargo, rige una inmunidad de proceso que suspende la acción penal, la cual cesa el día que termina el mandato, momento en el cual puede ser procesado sin necesidad de antejuicio, motivo por el cual la audiencia debe ser reprogramada de acuerdo a la agenda judicial del juzgado”, resolvió la magistrada.
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El nuevo presidente de la República podría alegar lo mismo ante el Juzgado que ve su caso para lograr librarse, al menos por 5 años, de la acción de la justicia.
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