
La Contraloría General de la República detectó que el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) incurrió en una dilación administrativa al demorar la aplicación de sanciones contra la Transportadora de Gas del Perú (TGP) tras la fuga ocurrida en el sistema de Camisea.
De acuerdo con el Informe de Orientación de Oficio N.° 011-2026-MINEM/OCI-00, publicado el 25 de mayo de 2026, la falta de una gestión oportuna y la ausencia de una invocación formal de fuerza mayor por parte del operador generaron retrasos en la determinación de penalidades, afectando la protección de los intereses del Estado.
El evento de marzo: fuga y emergencia nacional
El 1 de marzo de 2026, entre las 10:35 y las 14:56, se reportó una deflagración en el ducto principal de TGP en el kilómetro 43, en el distrito de Megantoni, Cusco.
El incidente provocó una reducción inmediata de hasta 70 millones de pies cúbicos diarios (MMPCD) de gas natural transportado y la paralización total del flujo de líquidos.
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Según el informe oficial, el sistema permaneció afectado durante 14 días, hasta el 14 de marzo, período en el que la emergencia obligó a declarar el racionamiento de gas y la priorización del abastecimiento interno, medida adoptada por la Resolución Viceministerial N.º 004-2026-MINEM/VMH.
La interrupción del servicio impactó de forma directa en la provisión de gas natural vehicular (GNV) y energía eléctrica, especialmente en Lima y regiones dependientes del sistema Camisea.
El incumplimiento de las obligaciones contractuales
De acuerdo con la Contraloría, la cláusula 17 del contrato de concesión establece que el concesionario debe notificar de manera formal y sustentada la ocurrencia de fuerza mayor dentro de un plazo máximo de 72 horas.
TGP reportó el evento, pero no presentó ni sustentó formalmente la figura de fuerza mayor en el plazo establecido ni durante la vigencia de la emergencia. Posteriormente, argumentó impedimentos debido a investigaciones en curso del Ministerio Público, lo que generó incertidumbre sobre la calificación del hecho.
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Al respecto, la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del MINEM solicitó precisiones a TGP solo después del restablecimiento del servicio, es decir, fuera del plazo relevante. Esta actuación, según la Contraloría, ocasionó demoras administrativas y contractuales para determinar las penalidades correspondientes.
El informe destaca que la dilación en la exigencia de definiciones y en el inicio del proceso sancionador ocurrió incluso después de finalizada la emergencia, postergando la determinación y eventual aplicación de sanciones.
“El hecho que el MINEM haya requerido a TGP que señale, de forma expresa, clara y explícita, si ha invocado o no la figura de Fuerza Mayor conforme a los Contratos de Concesión, pese a que el plazo para su invocación venció sin que dicha empresa cumpliera con los términos establecidos [...] viene ocasionando dilación en la determinación y aplicación de las penalidades que corresponderían derivadas de los incumplimientos contractuales sujetos a las mismas”, señala el documento.
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Hallazgos técnicos y consecuencias económicas
Los informes técnicos 427 y 428-2026 de OSINERGMIN confirmaron que TGP incumplió con la provisión de flujo suficiente para atender los requerimientos máximos diarios entre el 1 y el 13 de marzo de 2026.
Además, la disponibilidad anual del sistema de transporte cayó por debajo del 99% a partir del 5 de marzo, incumpliendo lo estipulado en el contrato BOOT. La falta de invocación y acreditación de fuerza mayor dejó sin justificación los incumplimientos, habilitando a la autoridad a exigir medidas contractuales y sancionatorias.

Según el mismo informe, la penalidad por capacidad mínima comprometida no cumplida se calcula multiplicando el déficit de capacidad por el doble de la tarifa base correspondiente.
Si bien el documento no detalla los valores monetarios, la afectación se estima en más de 980 millones de pies cúbicos de gas no transportados durante los 14 días de emergencia.
Esto ocasionó un “impacto directo sobre la demanda interna y de exportación”, además de posibles costos adicionales por racionamiento y pérdida de confiabilidad del sistema.
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¿Cuánto sería la multa para TGP?
El informe detalla que el cálculo monetario de la penalidad depende de la tarifa base y del volumen total comprometido, datos que no se consignan en el documento y que corresponden al Anexo 8 del contrato BOOT. La fórmula establecida es:
- Penalidad = Déficit de volumen x 2 x Tarifa base diaria x Días de afectación
Esto significa que, a falta de invocación válida de fuerza mayor, la empresa concesionaria queda expuesta a la aplicación de sanciones conforme a la capacidad mínima comprometida y el periodo de incumplimiento.
Finalemnte, la Contraloría dispuso que el MINEM implemente de manera inmediata medidas correctivas y preventivas para fortalecer la transparencia y la capacidad de respuesta estatal ante contingencias de este tipo. De acuerdo con los plazos establecidos, la respuesta del ministerio ya debió ser enviada.
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