
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó el dictamen que propone tipificar penalmente el expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad. Esta iniciativa, presentada por el congresista Flavio Cruz, busca modificar el Código Penal para incorporar el artículo 288-D, estableciendo sanciones contra quienes faciliten el acceso de alcohol a este grupo vulnerable.
“El que, de manera directa, vende, distribuye, expende o suministra bebidas alcohólicas a un menor de dieciocho años será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento ochenta días multa”, es el texto aprobado.
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Ahora, el dictamen será elevado al Pleno del Congreso para su eventual ratificación. Luego será remitida a la Presidencia de la República para su respectiva promulgación en el diario oficial El Peruano.

De acuerdo con el dictamen, la ley vigente solo contempla sanciones administrativas contra estos actos, las mismas que, dicen, han resultado ineficaces. “La regulación actual establece principalmente sanciones de carácter administrativo, las cuales no resultan disuasivas frente a la comercialización de alcohol a menores”, se lee. Consideran que se “genera un escenario de impunidad que favorece la reiteración de esta conducta en el mercado informal y formal”.
El dictamen menciona los daños que el alcohol causa en los adolescentes, como “daños en su desarrollo integral a nivel biopsicosocial”, “deterioro del desarrollo cerebral, conductas de riesgo, bajo rendimiento académico, violencia y accidentes”. En sus comentarios, el Ministerio de la Mujer destacó la vulnerabilidad de los menores, cuyo “cerebro se encuentra aún en pleno proceso de formación lo que las hace más vulnerables a enfermedades, intoxicación y a generar adicción o dependencia”.
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El proyecto de ley también busca neutralizar la “persistente facilidad con la que los menores acceden a este tipo de bebidas”, ya que las pueden adquirir en “bodegas, licorerías y otros establecimientos”. Y es que, según el Ministerio de Salud, el 59.7 % de adolescentes entre 12 y 18 años consume alcohol en el Perú, mientras que DEVIDA y CEDRO sostienen que “la edad promedio de inicio del consumo de alcohol es de 13.2 años”.
Efectos
Según el dictamen, la creación del delito de “expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad” se busca “generar un efecto disuasivo”. Esta tipificación, dicen, permitiría la “actuación directa del Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú frente a la comisión de esta conducta”. El objetivo final es fortalecer la protección del “interés superior del niño” y garantizar el deber del Estado de proteger a la población frente a situaciones que afecten su dignidad y desarrollo.
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Cabe precisar que, instituciones como el Ministerio del Interior y la Policía Nacional coincidiron con el proyecto de ley al considerar que el consumo de alcohol en menores es un “factor de riesgo vinculado a la comisión de delitos y a la inseguridad ciudadana”. Por ello, consideraron que criminalizar el expendio se considera una medida necesaria para reducir conductas de riesgo como la “violencia, accidentes y posibles conductas delictivas” asociadas al consumo temprano.
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