
El Gobierno Regional de Lima informó que, mediante el Decreto Supremo n.° 067-2026-PCM, se declaró el estado de emergencia en varios distritos de la región Lima debido al impacto de daños generados por intensas precipitaciones pluviales. La medida tendrá una vigencia de 60 días calendario, periodo durante el cual se ejecutarán acciones inmediatas y excepcionales para reducir el muy alto riesgo existente, proteger la vida, la seguridad y los bienes de la población.
El estado de emergencia en la región Lima, dictado por el Ejecutivo, responde a la evaluación del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), que advirtió una exposición crítica ante fenómenos naturales. Durante los próximos dos meses, las autoridades locales y nacionales desplegarán medidas de respuesta y rehabilitación con el objetivo de mitigar los riesgos asociados a las lluvias intensas, priorizando la prevención de desastres como desbordes, huaicos y deslizamientos.
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Según el Gobierno Regional de Lima, la declaración de emergencia implica la implementación de acciones coordinadas con los ministerios de Salud, Defensa, Vivienda, Transportes y otros sectores, bajo la supervisión técnica del INDECI. Entre las principales recomendaciones dirigidas a la población se destacan evitar zonas cercanas a ríos, quebradas y laderas inestables, identificar rutas de evacuación, y mantener una mochila de emergencia con insumos básicos. Además, se insta a proteger viviendas limpiando techos, canaletas y drenajes, y a seguir en todo momento las instrucciones de las autoridades y brigadas de Defensa Civil.

Medidas preventivas y recomendaciones para la población
La Gerencia Regional de Gestión del Riesgo de Desastres del Gobierno Regional de Lima enfatizó la importancia de la prevención ante el riesgo de nuevos eventos climáticos. Entre las recomendaciones principales figura no transitar ni permanecer cerca de ríos o zonas propensas a deslizamientos, así como identificar las zonas seguras establecidas por cada municipalidad. Se aconseja preparar una mochila de emergencia con agua, alimentos no perecibles, linterna, radio, botiquín y documentos personales, así como mantener limpios techos y drenajes para evitar acumulaciones de agua.
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Las autoridades remarcaron que la medida busca anticipar y reducir el impacto de las lluvias intensas, protegiendo tanto a las personas como a la infraestructura. Los distritos alcanzados por la medida figuran en el anexo del decreto supremo, el cual detalla las áreas con mayor nivel de vulnerabilidad y exposición.
Prórroga del estado de emergencia en otras regiones afectadas
El Decreto Supremo n.° 067-2026-PCM no solo alcanza a la región Lima, sino que también prorroga el estado de emergencia en varios distritos de provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali. Esta decisión se fundamenta en el informe situacional elaborado por el INDECI, que identifica acciones pendientes en limpieza, descolmatación de ríos, entrega de insumos agrarios y soluciones habitacionales temporales.
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El documento oficial indica que la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales continúa sobrepasada y requiere la intervención conjunta de organismos nacionales y locales. La prórroga, por otros 60 días calendario, permite continuar con la ejecución de medidas de excepción, inmediatas y necesarias, sustentadas en estudios técnicos y adaptables según las circunstancias de cada zona.

Coordinación intersectorial y financiamiento de las acciones
Según lo dispuesto por el decreto, la coordinación estará a cargo del INDECI, junto a los gobiernos regionales y locales involucrados. Participarán los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Defensa, Interior, Transportes y Comunicaciones, Energía y Minas, Mujer y Poblaciones Vulnerables, y Desarrollo e Inclusión Social, así como instituciones públicas y privadas que correspondan. El financiamiento de las acciones previstas se realizará con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, sin requerir recursos adicionales al Tesoro Público.
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La medida fue refrendada por el presidente de la República, José María Balcázar Zelada, y el presidente del Consejo de Ministros, Luis Enrique Arroyo Sánchez, junto a los titulares de los ministerios señalados. La lista de distritos considerados para la prórroga se encuentra detallada en el anexo del decreto.
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