
¿Eres cliente de la banca, tienes un seguro o aportas a la AFP? La Superintendencia de Banca, seguros y AFP (SBS) es la entidad encargada de regular y supervisar a estas entidades, y tiene funciones como preservar la estabilidad y solvencia de estas, así como proteger los intereses y ahorros de los usuarios, y prevenir el lavado de activos.
Así, a fin de incorporar y actualizar determinadas infracciones, (“permitiendo así que la Superintendencia cuente con mecanismos efectivos para el ejercicio de su potestad sancionadora”), se ha promulgado la resolución SBS N° 01029-2026 (que modifica “el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones”).
Por ejemplo, una de las nuevas infracciones que incluyen a bancos se trata “no cumplir con el marco normativo vigente relacionado con la aplicación de adelanto de cuotas y/o pagos anticipados, con una afectación económica contra los usuarios igual o superior al monto equivalente a 20 UIT” (S/110.000). Esta se considera una grave.

Nuevas infracciones
La SBS aprobó una serie de infracciones leves, graves y hasta muy graves. Entre las infracciones comunes, aprobada en general para todo el sistema, se incluye como una grave la siguiente:
“No cumplir con proteger los activos de información de la empresa frente a incidentes de seguridad de la información que afecten su disponibilidad, confidencialidad o integridad, incluyendo casos de fraude interno o externo, sin generar pérdida, sustracción o alteración de información confidencial de los clientes”, detalla la resolución.
Luego, también la norma aprueba infracciones para los diferentes tipos de entidades que fiscaliza la SBS.

Infracciones para bancos
Con respecto al primer grupo de infracciones, estás están dirigidas a “empresas de operaciones múltiples, empresas especializadas, bancos de inversión y otras de similar naturaleza bajo supervisión, así como representantes de empresas financieras no establecidas en el país y colaboradores de supervisión de este grupo; a las empresas de servicios complementarios y conexos y a los accionistas, directores, gerentes, trabajadores”.
- Infracción grave: No cumplir con el marco normativo vigente relacionado con la aplicación de adelanto de cuotas y/o pagos anticipados, con una afectación económica contra los usuarios igual o superior al monto equivalente a 20 UIT
- Infracción grave: No cumplir con el marco normativo vigente respecto a la aplicación del orden de imputación de pagos en obligaciones de tarjeta de crédito y/u otros productos activos, con una afectación económica contra los usuarios igual o superior al monto equivalente a 20 UIT.

Infracciones de aseguradoras
Las infracciones para el sistema de seguros abarca a empresas de seguros y reaseguros. Incluye intermediarios y auxiliares de seguros, representantes de empresas de reaseguros y de corredores de reaseguros del extranjero y colaboradores de supervisión de este grupo. Incluye a los accionistas, directores, gerentes y trabajadores.
- Infracción leve: Emitir pólizas de seguro de crédito y/o pólizas de caución, fianzas GOO y fianzas GOC sin contar con la documentación de sustento que acredite el cumplimiento de las políticas, estrategias y procedimientos establecidos en el Reglamento de Seguros de Crédito, de Caución y de Fianzas emitidas por las empresas de seguros, o norma que lo sustituya
- Infracción grave: Incumplir con asesorar al contratante y/o asegurado durante la oferta, suscripción y ejecución del contrato de seguro, así como en la presentación de la solicitud de indemnización y cobro del siniestro, de acuerdo con las condiciones de la normativa vigente
- Infracción grave: Incumplir las siguientes obligaciones en la intermediación a través de sistemas de comunicación a distancia: (i) brindar al asegurado la información mínima relativa al producto de seguros ofrecido o al derecho de arrepentimiento; o; ii) implementar un soporte adecuado para obtener, conservar y resguardar la información brindada al potencial asegurado y su aceptación para la contratación del seguro.
Infracciones para las AFP
- Infracción leves: No cumplir con los procedimientos, plazos establecidos y/o no contar con la documentación sustentatoria requerida para declarar la nulidad de una afiliación, de acuerdo con la normativa vigente
- Infracción grave: No implementar los lineamientos de los costos, gastos y comisiones generados por las inversiones, conforme con la normativa vigente.
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